La Corte define si Farmacity desembarca en la Provincia
La Corte Suprema de Justicia llevó adelante ayer la primera audiencia pública para definir si la firma Farmacity ingresa o no en la Provincia de Buenos Aires. Es a raíz de una demanda que hizo la cadena de farmacias luego de que en 2010 no se le permitiera abrir una sede en Pilar, basándose en dos artículos de una ley provincial. La marca dice que esos artículos son inconstitucionales y ahora la Corte fallará al respecto. Fue la primera de dos exposiciones. Esta vez, se expresaron especialistas. La siguiente se hará el próximo miércoles y se manifestarán las partes.
La ley provincial N° 10.606 fue la que le dio elementos a la Provincia para negarle a Farmacity el permiso hace ocho años. Lo hicieron apoyándose en el artículo 3, que establece restricciones para radicar farmacias de acuerdo a la distancia y la densidad poblacional. También recurrieron al artículo 14 que no incluye, entre los posibles titulares de farmacia, a las sociedades anónimas (S.A.).
“Tenemos sucursales en la Ciudad de Buenos Aires y en 14 provincias. En las que existía alguna restricción vinculada a la densidad poblacional o la distancia, nos adecuamos. No permitir el ingreso de una sociedad anónima ocurre, además de en la provincia de Buenos Aires, en Santa Fe. Allá también iniciamos una demanda”, explicaron desde Farmacity. Según la firma, “por encima de la norma provincial deben contemplar la ley nacional del ejercicio de la farmacia, la 17.565, que habilita la participación de las S.A”.
Ayer expresaron su opinión los “amigos del tribunal”, en su mayoría, expertos en diferentes áreas. El ex ministro de Salud Ginés González García fue uno de los oradores y aseguró que un farmacéutico tiene un rol comunitario que incluye no solo la dispensa, sino también un seguimiento y una farmacovigilancia. Y destacó este “modelo sanitarista” por sobre el de “mercado” que tiene la idea de “farmacia shopping” en la que las personas pierden el respeto por el medicamento. Además, González García recordó su experiencia en Chile como embajador, señaló que allí tres cadenas de farmacia tienen la hegemonía en el rubro y que ésto provocó un problema de accesibilidad en los barrios marginales y un aumento en los precios de los medicamentos.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez explicó que el “artículo 14 de la ley provincial no es discriminatorio porque no está basado en ninguna categoría prohibida como, por ejemplo, raza o religión”.
El sociólogo y estadístico Sebastian López Perera compartió un análisis de distribución geográfica de las farmacias de la Provincia y concluyó en que hoy no se está garantizando un servicio farmacéutico equitativo. En tanto, el economista Marcelo Celani, también en defensa de Farmacity, se refirió a la tendencia mundial de contar con normativas menos restrictivas y aseguró que con ellas aumenta la competencia, la eficacia y el acceso.
El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia se presentó como tercero afectado. Su vicepresidente Claudia Slezack le dijo a Clarín que considera que “hay argumentos de sobra para reafirmar que el modelo sanitario de farmacia vigente en la Provincia es el que garantiza el acceso a los medicamentos”. Además, sostuvo que si se deja de aplicar el artículo 3 las farmacias de barrio también se van a mudar al centro y los principales afectados van a ser los pacientes.
Por último, Slezack señaló las dificultades en cuanto a la competencia: “Si la cadena abre las 24 horas no vamos a poder competir y nos vamos a fundir”. ■