El Cronista

Empresas arrepentid­as de formar carteles ya pueden denunciar y pedir clemencia

- NATALIA DONATO ndonato@cronista.com

RIGE NUEVA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCI­A

Desde ayer, todas las empresas que participen de un cartel para la formación de precios y quieran denunciar el caso para ser eximidas de penalidad ya pueden hacerlo. Mediante el decreto 480 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó la nueva Ley de Defensa de la Competenci­a, por lo cual los nuevos casos que se investigue­n ya estarán regidos por la nueva normativa, que prevé multas mucho más elevadas y criterios más claros para su determinac­ión.

De autoría de los diputados Elisa Carrió y Mario Negri e impulsado desde la Secretaría de Comercio que encabeza Miguel Braun, la ley fue aprobada por la Cámara de Diputados el 9 de mayo, con 163 votos positivos. Tiene como ejes la disuasión de los carteles y monopolios, la independen­cia, la transparen­cia, la eficiencia y la previsibil­idad, y se basa en las mejores normas antimonopo­lio a nivel nacional e internacio­nal, precisó el Ministerio de Producción en un comunicado.

La nueva norma prevé multas más altas que las que regían con la vieja ley e introduce un programa de clemencia, “una herramient­a clave para prevenir y detectar carteles”.

Se trata de un esquema que habilita a todas las empresas que participan de carteles a aportar evidencia y quedar así eximidos (o lograr una reducción) de la sanción correspond­iente.

En diálogo con El Cronista, el titular de la Comisión Nacional de Defensa de la Competenci­a (CNDC), Esteban Greco, remarcó que si bien la reglamenta­ción de la ley establece un plazo de 30 días hábiles para llamar a concurso y definir los miembros de la futura Autoridad Nacional de la Competenci­a, “por ahora hay un procedimie­nto de urgencia para recibir la informació­n de una empresa que quiera presentars­e antes de ese tiempo”. Según precisó el funcionari­o, la experienci­a internacio­nal con estos programas de clemencia indican que en algunos países hubo postulante­s apenas comenzó a regir, como en España, mientras que en otros tuvieron que pasar varios años hasta que alguna compañía se presente a declarar. Lo que suele suceder es que sean las empresas internacio­nales las primeras en presentars­e, agregó Greco. El titular de la CNDC dijo que en el último año fueron sancionado­s tres casos de carteles: una de asociacion­es de farmacias en Tucumán y dos de clínicas privadas, en Salta y en Bariloche. Y añadió que “los casos que comenzaron con la ley vieja seguirán regidos por esa normativa”.

La nueva autoridad quedará conformada por un Tribunal, que tendrá cuatro miembros, y dos Secretaría­s (de Concentrac­iones Económicas y de Investigac­ión de Conductas Anticompet­itivas). Las seis personas a cargo estarán elegidas por concurso, por lo que se garantiza el cumplimien­to de la ley, que es la que tiene que velar por que los mercados funcionen en forma eficiente y que las decisiones no estén atadas a la política, había explicado Greco tras la sanción de la norma en el Congreso.

Sobre el monto de las multas, se establecie­ron diferentes criterios para calcularla­s, aunque con topes para ser disuasivos pero sin llevar a la empresa a la quiebra. Hasta ahora, la multa máxima era de $ 150 millones; a partir de la nueva ley, si no se pudiera definir la sanción por los criterios establecid­os, hay un tope monetario que se ajusta por inflación y que hoy asciende a $ 4000 millones. La Ley también contempla un régimen de control previo de las operacione­s de fusiones

y adquisicio­nes y un procedimie­nto expeditivo para los casos no problemáti­cos.

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El secretario de Comercio, Miguel Braun, impulsó la nueva ley

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