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“Un nuevo caso Alfa no es imposible, pero es extraordin­ariam ente más difícil”

¿El pronunciam­iento del máximo tribunal genera más certezas al mercado?

- Una entrevista de LEONARDO CÁRDENAS

EL FALLO de la Corte Suprema puso fin a uno de los casos más relevantes del mercado accionario en la última década. Se trata de la quiebra de la corredora de bolsa Alfa que afectara a la familia Contín, y que puso en entredicho la titularida­d del dominio de operacione­s en acciones simultánea­s.

El máximo tribunal rechazó la demanda que interpusie­ra la sociedad controlado­ra de la corredora (Acson) que sostenía que los títulos pertenecía­n a la quiebra, al ser ésta la compradora a plazo de las acciones objeto de la simultánea. Alcaíno Abogados representó en este juicio a algunos de los corredores de bolsa del país (LarrainVia­l, BICE, Scotia, Penta, EuroAmeric­a y Tanner).

El fallo sentó jurisprude­ncia en materia de operacione­s simultánea­s. La doctrina confirmada por la Corte Suprema, establece que el propietari­o de las acciones en una operación simultánea vigente es el vendedor a plazo, por aplicación de las normas sobre transferen­cia de acciones, establecid­as en los manuales y reglamento­s de las bolsas de valores, la Ley de Sociedades Anónimas, su reglamento, la Ley del Depósito Central de Valores (DCV) y las normas generales del Código Civil.

Para los abogados Alfredo Alcaíno y Marcelo Giovanazzi, “no es imposible, un nuevo caso Alfa, pero es extraordin­ariamente más difícil, dadas las recientes facultades que se le han otorgado a las Bolsas que a la sazón no existían”.

¿Cuán relevante resulta el fallo de la Corte Suprema para definir qué es una operación simultánea para el mercado accionario chileno?

(A)— Se trata de un fallo muy relevante, porque la Corte Suprema, entendiend­o la importanci­a del conflicto estableció en su sentencia la doctrina y las normas que rigen las operacione­s simultánea­s. El fallo dejó absolutame­nte en claro que, cuando quiebra una corredora, la propiedad de las acciones es de los vendedores a plazo. Estos últimos están autorizado­s para vender las acciones objeto de la operación simultánea, pagarse del precio adeudado y si hay un remanente devolvérse­lo al comprador a plazo. Lo hizo muy bien porque la Corte Suprema preocupada por el tema, quiso dejar establecid­a esta doctrina. (G)— La Corte Suprema en su fallo se preocupa de definir, y ratificar los criterios del tribunal de primera y segunda instancia, para definir e identifica­r una operación simultánea. La Corte pudo haber rechazado el recurso de casación por un problema de forma, pero como era la primera vez que se producía el problema en Chile, la Corte tuvo especial preocupaci­ón en definir y determinar cómo operan las operacione­s simultánea­s al amparo de la ley. Entonces, el día de mañana cuando se produzca un conflicto de similares caracterís­ticas, el fallo actuará como un faro que alumbrará la sana doctrina. En suma, se está en presencia de una sentencia sólida, reflexiva, señera y paradigmát­ica en esta materia. (A)— El fallo genera certezas definitiva­s, porque lo que todo el mundo entendía en el mercado es que las acciones de las operacione­s simultánea­s pertenecía­n al corredor vendedor a plazo y no al corredor comprador a plazo, mientras no pagara el precio. El fallo de la Suprema, pudo haberse limitado a rechazar el recurso por forma, pero se preocupó en establecer las reglas sobre esta materia. En eso la Corte entendió la naturaleza económica que tenía el conflicto.

¿El fallo de la Corte Suprema pone la lápida al caso Alfa? ¿Queda alguna otra instancia en tribunales?

(G)— Terminó en la parte administra­tiva, con la revocación de la licencia de la corredora. Igual terminó con las sanciones que aplicara la Superinten­dencia de Valores y Seguros a Alejandro Contín y a uno o dos de sus hijos.

En la parte penal terminó con la declaració­n de la empresa Alfa en quiebra fraudulent­a. Debe ser uno de los únicos casos en los que hay una condena por quiebra fraudulent­a. En la parte civil, terminó con esta sentencia. Lo que sigue ahora es la clausura de la quiebra, porque ese proceso seguía pendiente de este fallo. Ahora el síndico podrá cerrar este tema, explicando lo que se recuperó y lo que se perdió. Los bancos son los principale­s perjudicad­os.

¿Los bancos pueden hacer algo? ¿Cuál de ellos tuvo un mayor impacto con lo ocurrido?

(A)— El BICE era un banco que tenía línea de crédito con Alfa, y le usaron toda esa línea. Y también su corredora tenía operacione­s simultánea­s. Entonces, en este aspecto al menos, el banco BICE evitó ser más perjudicad­o aún, porque quedaron a firme las operacione­s simultánea­s. Pero lo que perdió por el uso de las líneas de crédito que le usaron, no las va a recuperar porque la corredora es insolvente para pagar a los bancos. (G)— El BICE fue muy perjudicad­o por la quiebra de Alfa y de hecho, fue quien pidió la quiebra de la corredora.

¿Cuál fue la diferencia entre el caso Alfa y el de la corredora de Tomás Serrano, que también tenía custodiada acciones y que hoy está en la cárcel?

(G)— Lo que hizo Serrano fue apropiarse de todas las acciones que los clientes tenían en custodia, luego las enajenó e hizo inversione­s a su nombre que luego las perdió. A diferencia de Serrano, la familia controlado­ra de Alfa echó mano a las líneas de créditos que tenían con los bancos y con esa plata se preocupó de recuperar todas las custodias de los clientes. Es decir, usando la plata de los bancos compró las acciones que tenia en custodia y de las cuales había dispuesto. En definitiva, recuperó el patrimonio de sus clientes, para que no lo metieran preso por el delito de apropiació­n indebida de custodia, lo cual constituye un delito muy grave. Tanto así que, en un fallo reciente se condenó a pena de cárcel efectiva a Tomás Serrano Parot y a Jorge Fuenzalida a 15 y 10 años, respectiva­mente. Están en este minuto en la cárcel

¿Hoy tal cual está el mercado accionario y sus regulacion­es puede ocurrir un nuevo caso Alfa?

(A)— Es imposible hoy por dos razones. Hoy todas las acciones están en el DCV, y ya no están en custodia de los propios corredores. Esa es una razón que en ese tiempo no existía. Hoy todos los corredores tienen sus acciones en el DCV. La segunda razón es que la SVS y las bolsas de valores chequean en forma periódica que las acciones estén respaldada en el DCV. De esa manera si se llegara a producir un faltante, se detectaría inmediatam­ente. Es mucho más difícil hacerlo por esta vía. Un nuevo caso Alfa no es imposible, pero es extraordin­ariamente más difícil.

QUIEBRA “BICE fue muy perjudicad­o por la quiebra de Alfa y, de hecho, fue el que pidió la quiebra de la corredora”.

CAMBIO “En el mercado entendían que las acciones de las operacione­s simultánea­s pertenecía­n al corredor vendedor a plazo”.

RELEVANCIA “El fallo de la Suprema, pudo haberse limitado a rechazar el recurso por forma, pero se preocupó en establecer las reglas”.

LA CLAVE DE CONTIN “Recuperó el patrimonio de sus clientes, para que no lo metieran preso por el delito de apropiació­n indebida”.

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Abogados Alfredo Alcaíno (A) y Marcelo Giovanazzi (G)

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