Ley de Accesibilidad Universal muestra escaso avance
Según una investigación de BAU Accesibilidad en 10 comunas de la RM, a un año de la nueva ordenanza, sólo el 11% de los permisos de edificación que requieren de un Expediente de Accesibilidad, incluyó este documento en las solicitudes de anteproyectos a l
AUN poco más de un año de la publicación (4 de marzo de 2016) del nuevo Decreto Supremo N° 50 de Accesibilidad Universal, que regula los estándares de diseño y construcción en Chile, los avances han sido escasos.
Según un análisis realizado por la consultora BAU Accesibilidad en diez comunas de la Región Metropolitana, desde la entrada en vigencia del decreto hasta el 31 de enero de 2017, los municipios estudiados (Lo Barnechea, Vitacura, Providencia, Las Condes, La Reina, San Miguel, Santiago, Ñuñoa, Independencia y Macul) han aprobado 260 solicitudes de anteproyectos que requieren de Expediente de Accesibilidad y se han otorgado 593 permisos de edificación en los que es condición esencial el requerimiento de accesibilidad (ver tabla).
Sólo en 65 de esos 593 permisos presentados (11%) figura el Expediente de Accesibilidad como documento añadido. Es decir, los titulares de los proyectos tampoco son conscientes del cumplimiento de la normativa.
El informe agrega además que, durante el periodo analizado, las municipalidades sólo exigieron el Expediente de Accesibilidad a 39 de las solicitudes ingresadas (15% de los 260 anteproyectos). Este documento debe ser visado por un arquitecto y es un requisito fundamental para la posterior obtención del permiso de edificación.
El reglamento rige para los nuevos espacios públicos y aquellos existentes que se remodelen y todo edificio de uso público, así como también las edificaciones colectivas. También están comprendidas las viviendas de los programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).
Las edificaciones nuevas que tramiten su permiso de edificación deberán acogerse a los nuevos requerimientos e incluir en el expediente, un plano y memoria de accesibilidad suscrita por un arquitecto.
Para las obras construidas entre el año 1994 y 2016, existe una disposición transitoria que entrega un plazo de 3 años para regularizar la situación, en especial los edificios existentes de uso público o que presten un servicio a la comunidad. Es decir, tienen plazo hasta el 4 de marzo del 2019. Las edificaciones construidas entre el 2010 y la entrada en vigencia de este decreto, tendrán 3 años para adecuarse y tienen un plazo de 30 meses para ingresar el expediente con las adecuaciones.
Según Andrea Boudeguer, directora Ejecutiva de BAU Accesibilidad, esta exigua cifra evidencia que los municipios aún no ejercen la potestad de exigir el cumplimiento de la normativa. “Tanto las direcciones de obras (DOM) de las municipalidades como las inmobiliarias, no han sido conscientes de la importancia que tiene diseñar y construir de manera accesible y del riesgo que están sujetos, en el caso de lo que sean, como demandas, que los cataloguen como edificios don-
• ¿Qué ha pasado? Un estudio que analizó los permisos de edificación y presentaciones de anteproyectos a las municipalidades de diez comunas de la RM durante el último año, reveló que ha costado aplicar en la práctica la norma de Accesibilidad Universal.
• ¿Por qué ha pasado? Hay varios factores que influyen en su pobre aplicación, pero los principales elementos son la capacidad de las direcciones de obras para fiscalizar y falta de preocupación en ciertos segmentos del sector privado.
• ¿Cómo me puede afectar? A un poco más de un año de su entrada en vigencia, tanto las inmobiliarias, como las constructoras, arquitectos y municipalidades deberían comenzar a aplicar la normativa o se requerirá modificaciones de la misma.