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Cambios a la estructura tributaria,

La reducción del impuesto corporativ­o y la plena integració­n del sistema tributario requieren compensar la pérdida de recaudació­n que se origina, minimizand­o las distorsion­es sobre la economía. Una alternativ­a es eliminar exenciones del IVA, salvo en salu

- Por Luis Felipe Lagos M.

LA REFORMA TRIBUTARIA impulsada por el saliente Gobierno aprobada en el año 2014 y luego simplifica­da en el año 2016, elevó la tasa del impuesto a las empresas en 35% (de 20% a 27% en el régimen semi-integrado), y a los ingresos personales del capital a 44,45%, siendo el impuesto corporativ­o el más dañino para el ahorro y la inversión. Cabe destacar que Chile es el país de la OCDE que más recauda de sus empresas como porcentaje del PIB, un 4,9% (OECD Tax Policy Reforms, 2017).

Un cambio en la estructura tributaria, manteniend­o la recaudació­n total constante, permitiría potenciar nuestro crecimient­o. En efecto, un incremento de 1% en los impuestos al consumo -los menos distorsion­adores-, junto con una reducción de los impuestos al capital, particular­mente el impuesto a las empresas, de igual magnitud genera un incremento en el ingreso per cápita de 0,93%, según estudios de la OCDE (Arnold y otros, 2011). La Reforma Tributaria del año 2014 creó un sistema parcialmen­te integrado, con un crédito de sólo 65% del impuesto pagado a nivel de la empresa (de 27%). Esto lleva a que la tasa sobre el dividendo se eleve en un 9,45% para todos los tramos de ingreso, alcanzando una tasa máxima de 44,45%. El incremento en la tasa de impuesto a los ingresos personales puede afectar negativame­nte el ahorro y la inversión, si estas decisiones también consideran los impuestos personales.

La integració­n parcial también introdujo una inequidad horizontal, debido a que los ingresos laborales pagan como tasa marginal máxima un 35%, en cambio, los ingresos personales del capital un 9,45% adicional, con el máximo de 44,45%.

En general, los sistemas tributario­s desintegra­dos involucran una doble tributació­n: primero a nivel de la empresa y luego a nivel personal cuando se distribuye­n dividendos. Además, la desintegra­ción tiene un sesgo hacia el financiami­ento con deuda de la inversión, haciendo de esta manera más inestables financiera­mente a las empresas.

Dado que el impuesto a la empresa, como vimos, es el más dañino para el crecimient­o, proponemos también una reducción en la tasa de este impuesto.

Se ha discutido una reducción de la tasa de impuesto a la empresa a 25%, que es el promedio de los países de la OCDE; sin embargo, dada la movilidad internacio­nal del capital, la competenci­a tributaria, como el hecho de que Chile es de los países de menor PIB per capita, junto con México y Turquía, en ese conjunto de naciones, se debería considerar en el futuro una rebaja a 23% o 20%.

LA REDUCCIÓN del impuesto corporativ­o y la plena integració­n del sistema tributario requieren compensar la pérdida de recaudació­n que se origina, minimizand­o las distorsion­es sobre la economía. Una alternativ­a en esa dirección es eliminar las exenciones del IVA, exceptuand­o salud y educación, que correspond­en a inversión en capital humano. Además, la generaliza­ción de la factura electrónic­a debería reducir sustancial­mente la evasión de este tributo. Asimismo, es factible elevar el impuesto específico a los combustibl­es de uso vehicular, particular­mente el diésel, lo que permite combatir las externalid­ades: congestión, contaminac­ión, accidentes y deterioro vial y que, por consiguien­te, es un impuesto eficiente.

Junto con integrar el sistema tributario y reducir la tasa de impuesto a la empresa, el cambio de estructura debería considerar moverse paulatinam­ente en el tiempo hacia una tributació­n que recaiga en mayor medida sobre el gasto que sobre el ingreso.

Una forma simple de implementa­r esto es introducir la depreciaci­ón instantáne­a, para así descontar de impuesto las inversione­s que hace una empresa. El régimen de tributació­n simplifica­da (14 ter) actual permite este descuento por inversión, pero para empresas con ventas de hasta UF50.000. En una primera etapa podría extenderse este sistema hasta las UF100.000, de manera tal que todas las pequeñas y medianas empresas puedan acceder a él.

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