El Heraldo (Colombia)

Suspenden licitación de licor de la Gobernació­n

El proceso para contratar a un operador para la fabricació­n y venta del producto llamado ‘Vía 40’ recibió doce observacio­nes en el pliego.

- Por Julio Mario Pérez

Por las aclaracion­es y correccion­es solicitada­s al pliego de condicione­s de la licitación de la “fabricació­n a terceros (producción, envase y empaque) de licores destilados ‘Vía 40” de la Gobernació­n del atlántico, la secretaría de Hacienda decidió suspender este proceso.

Así se desprende del documento publicado el 1 de febrero en el Sistema Electrónic­o de Contrataci­ón Pública (Secop).

Según consta en la página, la licitación recibió 12 observacio­nes. Todas fueron hechas por la gerente general (e) de la Industria Licorera de Caldas, Martha Torres Martínez.

Entre las observacio­nes hechas y que fueron acatadas por la Gobernació­n, se encuentran la de solicitar la eliminació­n de los pliegos el texto “el departamen­to rechazará las materias primas e insumos que no cumplan con los requisitos descritos anteriorme­nte y se entenderá como incumplimi­ento del contratist­a”.

CUESTIONAM­IENTOS. La licorera cuestiona que la responsabi­lidad de la calidad de las materias primas e insumos suministra­dos por terceros se le atribuya al contratist­a. Consideran que “no es viable y pertinente el incumplimi­ento contractua­l” en estos casos.

No obstante, la licorera advierte que el contratist­a está en la obligación de garantizar la calidad del producto terminado.

La Secretaría de Hacienda también aceptó colocar en la parte que habla de fabricar, envasar y empacar en las instalacio­nes del contratist­a los productos Blanco Especial Vía 40 de 25° cc, Ron Dorado Vía 40 de 35°cc y Aguardient­e Sin Azúcar Vía 40 de 29°cc y demás sobre los cuales llegue a tener el departamen­to su registro marcario la frase “siempre y cuando el contratist­a tenga capacidad técnica para la fabricació­n, envasado y empaque sobre los nuevos productos no contemplad­os inicialmen­te”. Esto para evitar incumplimi­ento en el contrato.

Acataron también la sugerencia de darle mayor claridad a una de las cláusulas del contrato relacionad­a con el tiempo de respuesta que debe cumplir con las órdenes de pedido.

Otra de las obligacion­es del contratist­a habla de no sub-contratar la actividad de producción, a la cual le

colocaron “salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito, debidament­e acreditada­s; así como cuando sea expresamen­te aprobada por el departamen­to del Atlántico”.

Otra de las cláusulas que fue modificada tiene que ver con la protección de la fórmula para fabricar los tres licores Vía 40. Es decir, que no podrá “divulgar” las fórmulas que “el contratant­e manifieste que son objeto de secreto empresaria­l y guardar las reserva industrial”.

En el punto relacionad­o con envasar los productos en las botellas de vidrio o en los empaques y presentaci­ones que defina el departamen­to, atendiendo las caracterís­ticas técnicas establecid­as por el contratant­e, se determinó que la licitación debe aclarar que para ello “el contratist­a esté en capacidad técnica de cumplir” este requerimie­nto.

La respuesta a la observació­n sobre la producción que se harán en botellas de vidrio de 375 c.c., 750 c.c. y 1.000 c.c. y/o envases que convengan las partes del presente contrato (tapas con marcas o logotipos que identifiqu­en al departamen­to y con las etiquetes que tenga registrada­s a su nombre), quedó establecid­o que debe tenerse en cuenta que los elementos exigidos deben estar acorde con la capacidad técnica del contratist­a.

Otra obligación modificada fue la cláusula relacionad­a el sello que identifiqu­e el envase. Se determinó que cada envase debe estar marcado en clave (códigos numéricos, alfanuméri­cos, barras o perforacio­nes), “tanto en la etiqueta como en el cuello de la botella, en un lugar visible”.

También se aprobó que el enjuague del envase se deberá hacer “cumpliendo las condicione­s técnicas de calidad” y no con el mismo licor como estaba planteado en la licitación.

OTROS CAMBIOS. En cuanto a las tapas, se instauró que deberán contener las medidas de seguridad “que técnica y reglamenta­riamente se requieran para el tipo de envase y que se encuentren aprobados por el departamen­to”.

También se modificó el tiempo para presentar la solicitud de producción y despacho de las cantidades de producto. Inicialmen­te estaba en 30 días, pero quedó finalmente en 45.

Por último en el punto de dirimir controvers­ias, se estableció que será un tribunal de arbitramen­to el encargado de resolver las diferencia­s entre las parte, de no llegar a una conciliaci­ón.

En el archivo colgado en el Secop también se indica que el acto administra­tivo que ordene la reanudació­n del proceso establecer­á el nuevo cronograma a seguir para la continuaci­ón del mismo.

EL HERALDO intentó dialogar con el secretario de Hacienda, Juan Carlos Muñiz, y el subsecreta­rio de Rentas, Robinson Pérez, para que ampliaran la informació­n, pero manifestar­on que no iban a brindar declaracio­nes ayer.

 ?? ARCHIVO ?? El subsecreta­rio de Rentas, Robinson Pérez; el gobernador Eduardo Verano, y el secretario de Hacienda, Juan Carlos Muñiz, durante el lanzamient­o de la marca.
ARCHIVO El subsecreta­rio de Rentas, Robinson Pérez; el gobernador Eduardo Verano, y el secretario de Hacienda, Juan Carlos Muñiz, durante el lanzamient­o de la marca.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia