¿CÓMO SE CONDENA DELITO DE TRÁFICO DE ÓRGANOS EN ECUADOR?
El artículo 95 del Código Penal señala que la persona que sin cumplir con los requisitos legales extraiga, conserve, manipule órganos, sus partes, componentes anatómicos vitales o tejidos irreproducibles, células u otros fluidos o sustancias corporales de personas vivas, será sancionada con una pena privativa de libertad de diez a trece años. En Ecuador aún no se mantiene una cultura de donación de órganos.