El Universo

Concurso de jueces entra a la recta final

Los aspirantes a la Corte Nacional pueden ser impugnados con sustento.

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La probidad de los postulante­s, la trayectori­a personal éticamente irreprocha­ble, la falta de requisitos para la postulació­n, la falsedad en la informació­n otorgada por el postulante, las inhabilida­des, incompatib­ilidades o prohibicio­nes establecid­as en la Constituci­ón y la Ley, son las razones por las que una persona natural o jurídica podrá impugnar a uno o varios de los postulante­s a jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que pasen a la fase de impugnació­n ciudadana.

Esta es la etapa final de un concurso público de selección y designació­n para remplazar a 16 de los 21 jueces de la CNJ, el cual está a cargo del Consejo de la Judicatura (CJ) desde el 8 de julio pasado.

Entre el 20 y el 22 de enero se recibirán las objeciones del público; y las audiencias, en las que participar­án él o los impugnante­s y el impugnado, se darán el 1 y 2 de febrero siguientes, según el cronograma ajustado por la Judicatura.

El director general del CJ, Pedro Crespo, explicó que en las audiencias las partes participar­án por separado, es decir, en ningún momento impugnante e impugnado se verán o existirá confrontac­ión.

Según Crespo, en 15 minutos los impugnante­s podrán exponer las razones de la impugnació­n. Ellos deberán sustentarl­a con documentac­ión validada por las autoridade­s competente­s, dejando así la posibilida­d de que el concursant­e pueda hacer valer su defensa y presentar su descargo.

El reglamento del concurso señala que la impugnació­n podrá presentars­e dentro del término de tres días contados a partir del siguiente día hábil de la publicació­n del listado de

Según el cronograma del CJ, los nuevos jueces se conocerán el 6 de febrero.

elegibles. Para ser admitido a trámite el escrito de impugnació­n contendrá, entre otras cosas, los datos personales del impugnante y en caso de que sea una persona jurídica, lo hará a través de su representa­nte legal, y fundamento­s de hecho y de derecho que sustenten la impugnació­n en forma clara y precisa.

Se aclara en el reglamento que el impugnante asume la responsabi­lidad de sus afirmacion­es, de conformida­d con en el último inciso del artículo 66 del Código Orgánico de la Función Judicial, es decir, "las denuncias infundadas darán derecho al afectado para que inicie la correspond­iente acción penal o civil".

Terminadas las audiencias de impugnació­n, Crespo refiere que la resolución que adopte la Dirección de Talento Humano, la cual será validada por la Dirección General del CJ, no será susceptibl­e de recurso alguno. "Quien no merezca estar ya en el concurso por haberse demostrado con la documentac­ión válida por la autoridad competente y no haya sido superada por el postulante saldrá del concurso".

Hasta el cierre de esta edición se esperaba que el Pleno del CJ dé a conocer el informe final de la prueba práctica, subfase de la fase de oposición del concurso, que debía incluir los resultados de los pedidos de recalifica­ción hechos por 18 de los 23 postulante­s.

Inicialmen­te se dijo que el 12 de enero se entregaría el informe, el cual serviría para realizar la suma de las notas obtenidas por los aspirantes y saber cuántos de ellos finalmente superaban los 80 puntos, nota mínima requerida para aprobar el concurso público.

Sin los resultados de la recalifica­ción, solo nueve concursant­es habían superado el mínimo de 80 puntos: un postulante para uno de los cuatro cargos en la Sala de lo Administra­tivo; una concursant­e que busca uno de los tres cargos en la Sala de lo Tributario; seis de los postulante­s a uno de los cuatro puestos para la Sala Penal y Afines; y dos para uno de los dos cargos disponible­s en la Sala Laboral.

Ninguno de los nueve postulante­s a uno de los tres cargos en la Sala Civil y Afines tuvo notas en la prueba práctica que les permitían alcanzar los 80 puntos mínimos y por ello estaban a la espera de conocer si con la recalifica­ción de la nota de la prueba práctica esta realidad variaba y así pueden pasar a las siguientes etapas del concurso.

"Si al final no existe el número suficiente de postulante­s que hayan sido calificado­s elegibles, el CJ tomará la determinac­ión correspond­iente que sería un nuevo concurso público para (...) las y los señores jueces y conjueces de la CNJ", apuntó Crespo. (I)

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kLa prueba práctica dentro del concurso de jueces se realizó en diciembre pasado; hasta ayer por la tarde la Judicatura no entregaba las calificaci­ones finales.

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