Filias y fobias en el TEPJF
La fortaleza de las instituciones es una condición indispensable del desarrollo de los pueblos y de sus sistemas de gobernanza y regímenes de gobierno; sin embargo, en nuestro país el deterioro de algunas de ellas, causadas por los hombres y mujeres que las integran, impactan negativamente también en los derechos fundamentales y en la propia democracia.
Tal es el caso del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que a partir del proceso electoral del pasado 1 de julio varios de sus fallos han sido altamente cuestionados, a tal nivel que desde la Suprema Corte de la Nación prevalece el malestar institucional por su desempeño, lo que ha obligado a prender los focos de alerta por la parcialidad mostrada por ese tribunal. Hace unos días, la Sala Su- perior del Tribunal Electoral resolvió anular la elección para la renovación de la alcaldía de Monterrey, Nuevo León, luego de detectar diversas irregularidades, particularmente en el traslado, resguardo y custodia de los paquetes electorales.
Para llegar a esa resolución, los magistrados se vieron envueltos en el torbellino del tiempo, ya que con un proyecto de resolución entregado media hora antes de ser votado, hecho que fue manifestado a la hora de emitir su votos por el magistrado Reyes Rodríguez, se resolvió el escabroso caso.
En sólo 30 minutos se solventó el proceso de Monterrey, luego de diferentes determinaciones, en la que incluso alguna de ellas le dio el triunfo al abanderado del PRI, después se cambió la decisión en favor del panista Felipe de Jesús Cantú, cuya constancia de mayoría fue entregada por la Sala Regional del TEPJF. Cuando ya parecía que estaba decidido el asunto, una vez más los habitantes de la capital Nuevo León se enteraron que no habría titular del ayuntamiento y que se tendrían que chutar una nueva elección para la renovación de la alcaldía de Monterrey.
Los candidatos perdedores podrán participar de nuevo, mientras el Congreso local designará un consejo municipal integrado por ciudadanos. La resolución de La Sala Superior del Tribunal Electoral, que preside Janine Madeline Otálora, estuvo plagada inconsistencias y condicionado a un proyecto de resolución entregado tardíamente; a filtraciones a la prensa anticipadas al fallo final, y sobre todo a la no aplicación de los mismos criterios en otros casos, como la resolución en la que se negó la solicitud de nulidad de la elección de gobernador de Coahuila en 2017. Las filias y fobias que existe en el máximo tribunal electoral se trasmina a sus resoluciones, en vez de que el imperio del derecho se imponga sobre criterios obtusos cegados por la ignorancia. Otra prueba de ominoso comportamiento del tribunal fue la resolución sobre el caso del Fideicomiso creado por Morena, denominado “Por los Demás”, en el cual la Sala Superior consideró que la investigación realizada por el INE no fue exhaustiva, porque no se agotó la línea de investigación y que las diligen- cias realizadas por la autoridad no fueron suficientes, ya que no derivaron en una investigación integral de los hechos. En particular, la autoridad debió haber solicitado la colaboración de las instituciones bancarias y hacendarias, así como instaurar procedimientos sancionadores correspondientes, para determinar la identidad de los aportantes al fideicomiso, por lo que no había motivo de sanción alguna y con ello determinó darle carpetazo al asunto.
“En consecuencia, al no haberse acreditado su responsabilidad directa o indirecta por la creación y operación del fideicomiso, se revoca la resolución impugnada y con ello la sanción impuesta por el INE a Morena”. Habrá que recordar algunos principios del derecho electoral: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad, transparencia y máxima publicidad, mismos que al parecer han olvidado algunos magistrados del TEPJF.