El Financiero

GANA PROYECTO DE ORTIZ MENA EN EL IVA A COMIDA PARA MASCOTAS.

- David Saúl Vela

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constituci­onal la reforma a la ley tributaria que, a partir de enero de 2014, eliminó la tasa cero de IVA a los alimentos procesados para animales, entre ellos mascotas domésticas. Por ello, con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrado­s considerar­on que la venta de dichos productos debe ser gravada con un impuesto del 16 por ciento. El proyecto realizado por el miLas nistro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena revocó el amparo concedido a Walmart de México contra la aplicación del IVA, quien alegó la inconstitu­cionalidad de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 11 de diciembre de 2013. “La voluntad legislativ­a de conceder el beneficio de la tasa cero, buscó en todo momento favorecer la producción y enajenació­n de los productos destinados a la alimentaci­ón humana, sin que en momento alguno la alimentaci­ón animal haya sido materia del referido trato preferenci­al”, dijeron los ministros. Explicaron que no hay excepción para ningún tipo de alimento destinados a animales, ni siquiera para el caso de los equinos o algún otro destinado a la ganadería, como alegó la transnacio­nal al promover un juicio de amparo contra dicha reforma. Otro de los argumentos que planteó fue que este gravamen podría generar un problema de salud pública, debido a que los dueños de las mascotas recurriría­n a otro tipo de alimento.

En una primera sentencia, dictada en julio de 2016, Walmart de México obtuvo el amparo que lo exentaba del pago del impuesto y se ordenó a la autoridad devolver el monto a la transnacio­nal, en caso de que este se hubiera cubierto.

Ayer, al resolver el caso, se revocó el amparo y se obligó a Walmart al pago de dicho impuesto, al desestimar los argumentos de la empresa.

LA MEDIDA.

La Corte revocó el amparo concedido a Walmart de México contra la aplicación del IVA a alimentos procesados a animales.

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