GANA PROYECTO DE ORTIZ MENA EN EL IVA A COMIDA PARA MASCOTAS.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma a la ley tributaria que, a partir de enero de 2014, eliminó la tasa cero de IVA a los alimentos procesados para animales, entre ellos mascotas domésticas. Por ello, con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrados consideraron que la venta de dichos productos debe ser gravada con un impuesto del 16 por ciento. El proyecto realizado por el miLas nistro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena revocó el amparo concedido a Walmart de México contra la aplicación del IVA, quien alegó la inconstitucionalidad de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 11 de diciembre de 2013. “La voluntad legislativa de conceder el beneficio de la tasa cero, buscó en todo momento favorecer la producción y enajenación de los productos destinados a la alimentación humana, sin que en momento alguno la alimentación animal haya sido materia del referido trato preferencial”, dijeron los ministros. Explicaron que no hay excepción para ningún tipo de alimento destinados a animales, ni siquiera para el caso de los equinos o algún otro destinado a la ganadería, como alegó la transnacional al promover un juicio de amparo contra dicha reforma. Otro de los argumentos que planteó fue que este gravamen podría generar un problema de salud pública, debido a que los dueños de las mascotas recurrirían a otro tipo de alimento.
En una primera sentencia, dictada en julio de 2016, Walmart de México obtuvo el amparo que lo exentaba del pago del impuesto y se ordenó a la autoridad devolver el monto a la transnacional, en caso de que este se hubiera cubierto.
Ayer, al resolver el caso, se revocó el amparo y se obligó a Walmart al pago de dicho impuesto, al desestimar los argumentos de la empresa.
LA MEDIDA.
La Corte revocó el amparo concedido a Walmart de México contra la aplicación del IVA a alimentos procesados a animales.