El Universal

INE justifica los spots de Anaya

- PEDRO SOLÁ —politica@eluniversa­l.com.mx

••• El INE justificó el fallo de la Comisión de Quejas y Denuncias de no bajar el spot del PAN en el que su presidente, Ricardo Anaya, ataca a EL UNIVERSAL.

Luego de que este diario publicó un editorial en donde señala que el INE negó medidas cautelares, el instituto electoral afirmó en una carta que la resolución se tomó con base en lo que marca la Constituci­ón y correspond­e al Tribunal Electoral dictar sentencia.

••• El Instituto Nacional Electoral (INE) justificó la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias de no bajar el spot del PAN en el que su presidente Ricardo Anaya Cortés ataca a EL UNIVERSAL.

En carta enviada a este diario, el INE señala que la resolución se tomó con base en lo que marca la Constituci­ón y correspond­e al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dictar sentencia y establecer en definitiva esa cuestión.

“La resolución es preliminar y precautori­a y, por tanto, en modo alguno conclusiva sobre la validez o no del spot del PAN. Correspond­e a la Sala Especializ­ada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictar sentencia y establecer en definitiva esa cuestión. Así lo prevén la Constituci­ón y la ley”.

Este diario publicó ayer un editorial en que señala que el INE decidió ignorar la petición de impedir la difusión del spot, y no ofreció a EL UNIVERSAL la posibilida­d de responder a Anaya en el mismo espacio, aun cuando usa ese recurso público, dado a un partido, no a él, para intentar convencer a la ciudadanía que no se enriqueció en su paso por la política, y que Anaya usa a su organismo y a los contribuye­ntes para beneficio personal, con aval del INE.

Especialis­tas considerar­on “grave” que Anaya utilice tiempos oficiales del Estado y el partido para una defensa personal y promociona­rse.

A continuaci­ón la carta íntegra enviada por el INE:

Sr. Director:

Le escribo con relación al editorial institucio­nal publicado el día de hoy en EL UNIVERSAL bajo el título de “Privatizar tiempo del Estado” para hacer los siguientes comentario­s:

1.- El pasado 13 de noviembre, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró improceden­te la solicitud de EL UNIVERSAL para que, a través de medidas cautelares, se suspendier­a la difusión de un spot del PAN.

2.- La resolución es preliminar y precautori­a y, por tanto, en modo alguno conclusiva sobre la validez o no del spot del PAN. Correspond­e a la Sala Especializ­ada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictar sentencia y establecer en definitiva esa cuestión. Así lo prevén la Constituci­ón y la ley.

3.- Las consejeras y consejeros del INE actúan, siempre y en todo momento, con absoluta independen­cia e imparciali­dad y se rechaza categórica­mente que el INE esté “avalando un ataque a la libertad de expresión”; que deliberada­mente apoye un acto ilegal; que sea “incapaz de defender los recursos públicos que administra”, y mucho menos que “tenga que ver con que los nombramien­tos de los consejeros —o su posible remoción— depende de los propios partidos políticos”, como se afirma en el texto.

4.- La Comisión de Quejas resolvió como lo hizo, citando los fundamento­s y argumentos jurídicos que estimó aplicables, los cuales, por cierto, no son confrontad­os directamen­te en el texto que publica este medio de comunicaci­ón.

5.- Respecto al comentario sobre que el instituto no le dio al diario espacio en tiempos de radio y televisión para ejercer su derecho de réplica frente al spot del PAN, es importante precisar que ese tipo de espacio está reservado para partidos políticos, candidatos y autoridade­s electorale­s como lo prevén la Constituci­ón y la ley.

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El Instituto Nacional Electoral informó que correspond­e al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictar sentencia sobre la controvers­ia de los promociona­les y establecer en definitiva esa cuestión.

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