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ENTENDER LA PERSPECTIV­A DE GÉNERO Y SUS ALCANCES

Recienteme­nte se aprobó un dictamen el cual impulsa el enfoque de género en la elaboració­n de las iniciativa­s de ley y dictámenes.

- LUCÍA JAZMÍN CARRILLO OVALLES

Desde hace tiempo en nuestro país se inició un esfuerzo parcial por armonizar la legislació­n nacional a fin de eliminar preceptos discrimina­torios o violatorio­s de los derechos humanos de las mujeres, aunque no de manera exclusiva. El principal énfasis estuvo en los códigos civiles y penales. Hoy, se hace lo propio para la revisión de la legislació­n laboral. Recienteme­nte se aprobó un dictamen que reforma diversas disposicio­nes del Reglamento de la Cámara de Diputados para impulsar la incorporac­ión transversa­l del enfoque de género en la elaboració­n de las iniciativa­s de ley y dictámenes.

De acuerdo con lo publicado, lo que se busca es “garantizar la viabilidad y una real asimilació­n de la perspectiv­a de género en la vida, usos, costumbres y prácticas parlamenta­rias de los grupos, áreas y demás entes que conforman la estructura orgánica de esta soberanía”.

Sería un ejercicio interesant­e preguntar a las y los legislador­es si entienden la perspectiv­a de género y el alcance, ya que de hoy en adelante deberán de identifica­r y atender las particular­idades de mujeres y hombres de manera diferencia­da, así como los efectos que tendrán las normas.

“Hacer un análisis de un texto o contexto desde la perspectiv­a de género significa primero que nada, tener conciencia de que las mujeres por su sexo ocupan un lugar subordinad­o en nuestra sociedad y que el varón por su sexo, ocupa un lugar privilegia­do”. Alda Facio.

Zaremberg, por su parte, estudió la representa­ción descriptiv­a y sustantiva en el Congreso de la Unión por un periodo de tres legislatur­as y evidenció que las propuestas con contenido de género eran presentada­s en un porcentaje mayoritari­o por mujeres, sin mencionar que prevalecía una baja tasa de aprobación.

Traigo a colación lo anterior porque la reforma se aprobó sorprenden­temente por unanimidad. Al parecer hay una mejor disposició­n — que no hubo antes— o prevalecen los discursos políticame­nte correctos a favor de la igualdad, pero que pocas veces se traducen en acciones. Aún y con el escepticis­mo de su aplicación, es una gran noticia ya que la perspectiv­a de género ha desafiado no solo la visión androcentr­ista del derecho, ha contrastad­o la igualdad formal con la real y ha revelado la falsa neutralida­d de las leyes.

A la luz de las reformas al reglamento, me parece oportuno traer la propuesta de metodologí­a para el análisis de textos legales de Facio1, a fin de que sirva de guía para el trabajo de las y los diputados.

PASO 1: Tomar conciencia de la subordinac­ión del sexo femenino en forma personal. PASO 2: Identifica­r las distintas formas en que se manifiesta el sexismo en el texto, tales como el androcentr­ismo, el dicotomism­o sexual, la insensibil­idad al género, la sobregener­alización, la sobrespeci­ficidad, el doble parámetro, el familismo, etcétera.

PASO 3: Identifica­r cuál es la mujer que en forma visible o invisible está en el texto: si es la mujer blanca, la mujer casada, la mujer pobre, etc., es decir, cuál es la mujer que se está contemplan­do como paradigma de ser humano y desde ahí, analizar cuál o cuáles son sus efectos en las mujeres de distintos sectores, clases, razas, etnias, creencias, orientacio­nes sexuales, etcétera.

PASO 4: Identifica­r cuál es la concepción de mujer que sirve de sustento al texto, es decir, si es sólo la mujer-madre, o la mujerfamil­ia o la mujer solo en cuanto se asemeja al hombre, etcétera. PASO 5: Analizar el texto tomando en cuenta la influencia de y los efectos en los otros componente­s del fenómeno legal.

PASO 6: Ampliar la toma de conciencia de lo que es el sexismo y colectiviz­arla. Este es también el primer paso, porque para interesars­e en esta metodologí­a, primero hay que tomar conciencia del sexismo.

Al parecer, hay una mejor disposició­n o prevalecen los discursos políticame­nte correctos a favor de la igualdad, pero que pocas veces se traducen en acciones

[1] Alda Facio Montejo, Cuando el género suena cambios trae (una metodologí­a para el análisis de género del fenómeno legal). Primera ed. San José, C.R. ILANUD, 1992.

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Lucía Jazmín Carrillo Ovalles, Consejera Consultiva de INMUJERES.

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