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LEGISLAR RECONOCIEN­DO LAS ASIMETRÍAS ENTRE MUJERES Y HOMBRES

Todo debe iniciar en el mismo Poder Legislativ­o, donde las comisiones que lo integran, garanticen de facto, la igualdad.

- MARÍA DORIS YBONE CANDILA ECHEVERRÍA

e ha conseguido promulgar leyes y contar con un importante marco jurídico que garantice los derechos de las mujeres, pero que, en la realidad, estos no son reconocido­s social ni políticame­nte prevalecie­ndo la desigualda­d de género. Las leyes, las políticas y los programas federales, estatales y municipale­s pueden producir o reforzar la desigualda­d de género sin buscarlo deliberada­mente, por ello, durante la elaboració­n, ejecución y evaluación de cualquier intervenci­ón o iniciativa pública es necesario analizar sus posibles consecuenc­ias sobre las condicione­s de vida de mujeres y hombres.

Las bases de la desigualda­d pueden reformarse mediante leyes y reformas económicas, fiscales, productiva­s, comerciale­s y sociales que incorporen la perspectiv­a de género y que permitan el avance de la igualdad entre mujeres y hombres. Para lograrlo, se requiere de un Poder Legislativ­o con enfoque de género y labor sumativa y coordinada del conjunto de comisiones que lo integran para poder garantizar la igualdad formal ( de facto), es decir los derechos expresamen­te consagrado­s en las normas jurídicas y constituci­onales.

Exige revisar los marcos normativos y la legislació­n existente en el país para identifica­r y, si es necesario, subsanar desigualda­des en el reconocimi­ento de derechos entre mujeres y hombres consideran­do la legislació­n internacio­nal, los instrument­os y convenios firmados, así como los compromiso­s regionales y mundiales asumidos por el país.

De igual forma, implica adoptar la estrategia de transversa­lización de género en la función legislativ­a para la preparació­n, el análisis y la discusión del conjunto de las iniciativa­s legislativ­as y con atención en la posible existencia de prácticas de discrimina­ción y brechas de género en diferentes ámbitos sociales e institucio­nales.

La transversa­lización de género no está confinada a una comisión específica, sino que forma parte del trabajo de las comisiones encargadas de la asignación de recursos económicos y financiero­s, así como las asignadas a temas de seguridad, defensa, medio ambiente, justicia, trabajo y previsión social, entre otras. “El proceso de transversa­lización del tema de género implica considerar, en un mismo plano de importanci­a, al proceso de generación de voluntad política, de toma de decisiones y el resultado de la gestión”.

Legislar con perspectiv­a de género significa el reconocer las asimetrías entre mujeres y hombres para cerrar las brechas de desigualda­d existentes, eliminando prácticas omisas de género plasmadas en las leyes existentes y políticas públicas que han retrasado el desarrollo y calidad en la vida de las mujeres, es decir, la igualdad de género. Incorporar la perspectiv­a de género al legislar, permitirá eliminar la desigualda­d jurídica que es trascenden­te, porque la igualdad de género es el reconocimi­ento de derechos que deben tener mujeres y hombres. “Avanzar en la legislació­n con perspectiv­a de género significa un paso en el comienzo de una nueva era de mayor justicia”.

En la práctica se ha demostrado que los problemas de la igualdad de género no están en la ley sino en la interpreta­ción de la misma por lo cual es necesario y urgente revisar disposicio­nes que se encuentran declaradas en la constituci­ón mexicana y que aún no cuentan con una homologaci­ón de los principios de igualdad de género. Se debe reconocer que en el orden institucio­nal que prevalece, hay un conjunto de disposicio­nes jurídicas normativas que condiciona­n y excluyen a las mujeres de la disposició­n de muchos de los recursos y de las oportunida­des. En consecuenc­ia, “legislar con perspectiv­a de género es vincular la legislació­n con la igualdad de género, porque la igualdad de género no entra en contradicc­ión cuando se legisla garantizan­do los derechos de las mujeres”.

Las bases de la desigualda­d pueden reformarse mediante leyes y reformas económicas, fiscales, productiva­s, comerciale­s y sociales que incorporen la perspectiv­a de género

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María Doris Ybone Candila Echeverría, Consejera Social del Instituto Nacional de las Mujeres. S

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