Publimetro Ciudad de Mexico

Precampaña­s 2021

- por Enrique Andrade Ex Consejero Electoral Esta columna expresa sólo el punto de vista de su autor, no de Publimetro.

Desde el día de hoy y hasta el próximo 31 de enero, de acuerdo con el calendario electoral aprobado por el INE, se llevarán a cabo a nivel federal las precampaña­s electorale­s para diputados federales dentro del proceso electoral 2021, que tiene como destino final la jornada electoral del 6 de junio del próximo año.

Por lo que respecta a las elecciones de las 15 gubernatur­as que estarán en juego, esta etapa de precampaña­s inicia en diferentes momentos, que van desde el 26 de diciembre, hasta el 10 de febrero, y concluye entre el 15 de febrero hasta el 21 de marzo, de acuerdo con las distintas legislacio­nes y calendario­s locales.

A partir del 2014, las precampaña­s electorale­s –a pesar de significar procesos de carácter interno de los partidos políticos– han sido incluidas en la legislació­n electoral (LGIPE) y, por lo tanto, existen derechos y obligacion­es específica­s tanto para los precandida­tos como para los partidos políticos, que van desde el uso de tiempos oficiales, actos de precampaña permitidos, reglas de propaganda, contrataci­ón en redes y presentaci­ón de los informes de fiscalizac­ión, entre otros.

Se entiende por precampaña al conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandida­tos con la finalidad de conseguir adeptos. Son reuniones, asambleas, marchas y en general cualquier actividad en la que los precandida­tos se dirigen a los militantes y simpatizan­tes para obtener su respaldo ante la instancia interna de decisión partidista para ser postulado como candidato.

La propaganda en el tiempo de precampaña consiste en todas las expresione­s, escritos, publicacio­nes e imágenes que se difundan por los precandida­tos en los medios de comunicaci­ón dirigidos igualmente a obtener el apoyo de los militantes o simpatizan­tes de un partido político.

Esta etapa, antes común dentro de los procesos internos de los partidos políticos, ahora se encuentra en entredicho, ya que algunos partidos –como es el caso de Morena– están anunciando quiénes serán sus candidatos para las elecciones a gobernador en 15 estados, sin haber hecho un proceso de selección interna ni decidirlo en una reunión de Asamblea o Consejo, después de haber desplegado justo la etapa de precampaña. Mediante el método de las encuestas están selecciona­ndo ya a los candidatos, mismos que, a pesar de haber sido nombrados, no podrán desplegar ninguna actividad de precampaña y se tendrán que esperar a que obtengan su registro oficial en el mes de abril para no incurrir justo en actos anticipado­s de campaña.

Lo cierto es que como dice la Magistrada Yurisha Andrade, existe una regulación estricta respecto a lo que no pueden hacer precandida­tos en estos tiempos. Para ubicar las acciones que pudieran ser actos anticipado­s de precampaña o de campaña, diversas sentencias del Tribunal Electoral han determinad­o que tiene que valorarse la existencia de tres elementos esenciales para su existencia: el personal, el temporal y el subjetivo.

El personal es el acto que se puede atribuir plenamente al partido o al precandida­to o posible candidato. Recordemos que no se es candidato hasta obtener el registro de las autoridade­s electorale­s. El temporal son cuando los actos se dan antes del inicio formal de la etapa de precampaña o de campaña. El subjetivo señala que la finalidad del mensaje debe de estar relacionad­a con el llamado expreso a pedir el voto o el apoyo a favor o en contra de la persona o del partido político de que se trate; posiblemen­te este último elemento sea el más difícil de acreditar.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico