Vanguardia

Derecho a la salud: la obligación es garantizar­lo

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Mucho se ha comentado, a lo largo de los años, acerca del “peculiar” modelo ideado en Coahuila, entre el Gobierno del Estado y el Sindicato Nacional de Trabajador­es de la Educación, para “garantizar” los derechos sociales de los integrante­s del gremio magisteria­l, específica­mente los relativos a la salud, el retiro y la vivienda.

Como se sabe, en nuestra entidad se crearon instancias “especiales” para que los trabajador­es de la educación tuvieran acceso a tales derechos. Y para administra­r dichas instancias, se acordó que fueran los propios integrante­s del magisterio quienes estuvieran a cargo de las mismas.

El esquema, como resultaba claro desde el principio, era más una concesión política para el magisterio estatal que una decisión derivada de un análisis reacional o de principios administra­tivos sólidos. La verdad era que a cambio de que la dirigencia sindical del magisterio hiciera lo que le viniera en gana con el sistema de seguridad social de sus agremiados, el Gobierno de Coahuila sólo esperaba lealtad política –y electoral– de parte de aquella.

Los resultados de tal esquema de connivenci­a han sido los esperados: la quiebra de los sistemas pensionari­o, de salud y de financiami­ento de vivienda para los trabajador­es de la educación.

La evidencia de tal situación puede constatars­e mediante la lectura de los sucesivos “rescates” que el Gobierno de Coahuila se ha visto obligado a realizar –usando dinero de los contribuye­ntes, desde luego– para mantener a flote un sistema de seguridad social que ofrece a sus derechohab­ientes mucho más de lo que es capaz de garantizar.

Parte del esquema de subsistenc­ia de dicho esquema –en lo que hace al financiami­ento del servicio médico– ha sido convertir al derecho a la salud en un quimera, obligando a los empleados del sistema educativo estatal a financiar parte de los servicios que reciben si es que quieren acceder a ellos.

Y es que el subterfugi­o legal –no declarado– que se ha utilizado en Coahuila, implica que los derechohab­ientes del servicio médico de la Sección 38 del SNTE en realidad tengan un derecho “restringid­o” a la salud, pues sólo se les garantiza –y eso también es un decir– la cobertura del servicio para un catálogo específico de padecimien­tos.

Fuera de tal catálogo, el servicio necesariam­ente debe subrogarse, pero eso implica que el paciente cubra una parte del costo, lo cual constituye una perversión del derecho original a la salud que le garantiza la Constituci­ón.

Justamente porque se trata de una perversión del modelo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó ayer los preceptos legales que obligaban a los derechohab­ientes del servicio médico de la 38 a “contribuir extraordin­ariamente” al financiami­ento de dicho modelo.

Lo que la SCJN ha dicho con esto, es que los empleados del sistema educativo estatal tienen derecho a la salud y que eso no puede estar supeditado a “reglas especiales”, tal como ha ocurrido hasta ahora. En otras palabras, lo que ha dictado el máximo tribunal del País es que el modelo perverso, ideado en Coahuila para usar el derecho a la salud como mecanismo de manipulaci­ón política, debe llegar a su fin.

Cabría esperar que las autoridade­s estatales y el SNTE acusaran recibo de tal pronunciam­iento.

Lo que ha dictado el máximo tribunal es que el modelo perverso, ideado en Coahuila para usar el derecho a la salud como mecanismo de manipulaci­ón política, debe llegar a su fin.

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