Fiscalía busca impedir que anulen juicio por corrupción
La Fiscalía apeló una resolución que intentó “blanquear” a los cómplices del imputado exintendente de Arroyos y Esteros Gustavo Alfonzo (ANR, cartista). Aparentemente hubo complicidad de tres juezas para dejar a foja cero.
CAACUPÉ, Cordillera (Desiré Cabrera, de nuestra redacción regional). El fiscal José Luis Piñánez, de la Unidad de Delitos Económicos, presentó ayer un recurso de apelación en subsidio de urgencia ante el Tribunal de Sentencia, compuesto por las juezas Liliana Ruiz Díaz (presidenta), Cristina Müller y María Teresa Rodríguez.
Fue luego de los incidentes ocurridos el último día del juicio en el que estaban siendo procesados dos exfuncionarios y un exproveedor de la Municipalidad de Arroyos y Esteros, presuntos cómplices del entonces intendente Gustavo Alfonzo (ANR HC), imputado por daño patrimonial y mal manejo del Fonacide.
Llamativamente las tres magistradas se inhibieron de seguir entendiendo en el caso el último día del juicio, que se llevaba a cabo contra los acusados por lesión de confianza y producción de documentos de contenido falso por un supuesto daño patrimonial a la Comuna de G. 1.300 millones, en calidad de cómplices.
Ellos son: Lilian Fabiola Díaz Benegas, exsecretaria y pareja sentimental del exintendente Alfonzo, además de Osmar Rodríguez Kunzle, quien era chofer de la municipalidad, y Alejandro Magno Núñez Insfrán, propietario de una supuesta empresa (fantasma) que operaba con la Comuna como única contratista de todas las obras de la institución.
El jueves 28 se inhibió la jueza Rodríguez y el viernes 29 hicieron lo mismo las demás integrantes del tribunal, sin que dieran a conocer el motivo de su decisión.
Con la presentación del fiscal Piñánez, el tribunal tendrá que volver a convocar a las partes en la brevedad posible. En dicha audiencia el tribunal tiene la opción de rever su posición. Luego se debe enviar a la Cámara de Apelaciones para que resuelva la inhibición planteada
por las juezas. Piñánez sostiene que el tribunal no tenía atribuciones para anular el juicio.