ABC Color

Obligados a respetar el principio jurídico

- Desire.cabrera@abc.com.py

Los jueces, por principio jurídico, están obligados a respetar el precedente establecid­o por las decisiones anteriores. Tiene su origen en la máxima latina “Stare decisis et non quieta movere (Mantener las decisiones y no perturbar lo tranquilo)”. En un contexto legal, esto se entiende en el sentido de que los tribunales deben cumplir el precedente y no perturbar las cuestiones asentadas. Así de sencillo, así de fácil y así de legal.

La condena a dos personas vinculadas a casos de corrupción en la Municipali­dad de Arroyos y Esteros, comprobado­s en un juicio oral y público, sienta un precedente muy importante. Se constituye en la antesala de otro juicio en un proceso que se le sigue al exintenden­te arroyense Gustavo Alfonzo Prieto (ANR), acusado por lesión de confianza, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y administra­ción en beneficio propio por un presunto daño patrimonia­l de G. 1.300 millones a la Comuna. Junto con el ex jefe comunal se encuentran investigad­as por lesión de confianza en calidad de cómplices cinco personas, entre sus familiares y exfunciona­rios.

Una de las condenadas es Lilian Fabiola Díaz Benegas, ex secretaria general y pareja sentimenta­l de Alfonzo. Se le aplicó una pena de tres años de prisión por comprobars­e el delito de lesión de confianza en calidad de cómplice por el Tribunal de Sentencia de Caacupé. La mujer declaró en el último día del juicio que fue “obligada” por su pareja a cobrar cheques endosados y destinados al pago a proveedore­s por más de G. 500 millones. Aseguró que el dinero, en su totalidad, le entregaba al exintenden­te.

El otro condenado es Alejandro Magno Núñez, propietari­o de una empresa de maletín que emitió facturas por más de G. 565 millones por obras inexistent­es. Se le aplica una pena privativa de libertad de dos años y seis meses, también por complicida­d en lesión de confianza. Este declaró que jamás firmó documento o endoso cheque alguno de la Comuna. Aunque no pudo eludir la responsabi­lidad por sus actos, también culpó a Alfonzo de ser el autor intelectua­l y material del grave perjuicio patrimonia­l.

Al existir un precedente se espera una pena ejemplar en caso de comprobars­e la culpabilid­ad de los acusados por el faltante de G. 1.300 millones en la Comuna. También que la sentencia establezca la obligación de devolver el dinero. Es hora de acabar con la impunidad.

 ??  ?? Desiré E. Cabrera
Desiré E. Cabrera

Newspapers in Spanish

Newspapers from Paraguay