Abdo veta totalmente proyecto de ley que despenaliza falseamiento de las DD.JJ.
El presidente Mario Abdo Benítez objetó totalmente ayer el proyecto de ley que buscaba despenalizar las declaraciones juradas con contenido falso de las autoridades, para convertir el hecho solamente en faltas administrativas.
Mediante el decreto Nº 3708, el presidente Mario Abdo objetó totalmente ayer de tarde el proyecto de ley aprobado por el Congreso, mediante el cual los parlamentarios intentaron minimizar las penas contra los que presenten declaraciones juradas falsas y restringir la divulgación de las mismas.
“Que la citada obligación constitucional no solo resulta compatible, sino que es consustancial con los postulados de publicidad, responsabilidad y transparencia de todo sistema republicano de gobierno. La limitación de este mecanismo de control, así como la flexibilización del régimen de responsabilidades que competen a los agentes públicos, contraviene los principios sobre los cuales se asienta nuestro régimen constitucional”, argumenta el decreto en una parte.
Cuestiona también que se pretenda minimizar la sanción a las autoridades al configurar la existencia de datos falsos como una falta administrativa nada más, siendo que eso no ocurre
con el resto de la ciudadanía que sí es sometida al Código Penal. Asegura que eso afecta el principio de igualdad constitucional, al tiempo de poner en entredicho la prevalencia del interés general sobre el particular.
Respecto al punto que busca ocultar las DD.JJ. imponiendo como requisito una orden judicial para verlas, el Ejecutivo indicó que ello “atenta contra el interés general de robustecer la publicidad, la transparencia, que constituyen bienes públicos de interés general y al servicio del buen funcionamiento de nuestro sistema republicano de gobierno”.
El Ejecutivo alega que en la ley 5033/2013, que el Congreso intentó socavar, ya existen disposiciones que otorgan a la Contraloría General de la República facultades para solicitar a los funcionarios en cuestión a presentar en un plazo establecido, correcciones, cambios y agregados de ser necesarios, en las DD.JJ.
“En una democracia constitucional recae sobre los gobernantes la obligación de
El senador Amado Florentín (PLRA), presidente de la comisión bicameral de control de gastos de la ley de emergencia, criticó ayer que el sumario iniciado en el Ministerio de Salud por las presuntas irregularidades en el proceso de compra de insumos no incluya a Alcides Velázquez, director general de Administración Financiera (DGAF) de la institución. Fue durante la reunión de ayer de la comisión, en la que participó Arnaldo Giuzzio, coordinador de la Comisión Especial de Control de Compras del covid-19.
Giuzzio brindó detalles sobre las irregularidades verificadas en las compras realizada por el Ministerio de Salud que luego dio lugar a la suspensión de todos los procesos en curso por parte el ministro de Salud Julio Mazzoleni.
Ante una consulta, Giuzzio aclaró que el organismo que preside no tiene atribuciones para el control de las compras que realizan las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá, aunque también puntualizó que se reunió con sus directores y estos le aclararon que las compras las hacen con sus propios recursos.
El diputado liberal Sergio Rojas cuestionó que algunas entidades del Estado paraguayo deje la administración del dinero destinado a gastos contra la pandemia en manos de organismos internacionales como el PNUD y UNOPS, sin que se pueda ejercer ningún control sobre las operaciones que los mismos realizan.
promover valores como la publicidad, la transparencia, la responsabilidad y el combate de la corrupción. En este sentido, cualquier legislación contraria a estos fines y que pretenda morigerar las consecuencias jurídicas de las obligaciones previstas para los servidores públicos y dificultar la actuación de la justicia, resulta claramente incompatible con la Constitución”, recalca el decreto.
La propuesta de ley fue
devuelta al Congreso.
En esta instancia, cada una de las cámaras puede ratificarse en la sanción de la ley por mayoría absoluta de votos, es decir 23 votos en el Senado y 41 votos en Diputados. De conseguirse estas mayorías, el Poder Ejecutivo está obligado a promulgar la ley. En caso contrario, el plan de ley será archivado y no podrá volver a ser tratado durante este periodo legislativo.