Enjuiciados por intromisión
Ayer fue, por así decirlo, el cumpleaños número 28 de nuestra Constitución Nacional (CN).
Aunque en el artículo 3, “Del poder público” reza en parte que “el gobierno es ejercido por los poderes legislativo, ejecutivo y judicial en un sistema de separación, equilibrio, coordinación y recíproco control. Ninguno de estos poderes puede atribuirse, ni otorgar a otro ni a persona alguna, individual o colectiva, facultades extraordinarias o la suma del Poder Público”, algunos parlamentarios creen tener la omnipotencia de ponerse por encima de este enunciado y tener conductas infames en nombre de la impunidad.
Subrayo esto porque, de alguna manera, ante tantos atropellos a nuestra CN pareciera que hemos normalizado las barbaridades que desde el Congreso unos cuantos forajidos que se hacen llamar “honorables” parlamentarios han perpetrado. La última muestra la vimos hace un par de días cuando los diputados Pedro Alliana, Hugo Ramírez, Bachi Núñez, Justo Zacarías, Rocío Abed, Tadeo Rojas, Nazario Rojas, Carlos Núñez, Del Pilar Medina, Néstor Ferrer, Blanca Vargas, Rubén Balbuena, Freddy D’Ecclesiis, Pastor Soria, Roberto González, Hugo Ibarra, Édgar Ortiz y Andrés Rojas Feris y otros impresentables institucionalizaron el apriete con una carta instando a la Corte Suprema de Justicia a dejar sin efecto el pedido de hacer públicas las declaraciones juradas de bienes de las altas autoridades de nuestro país.
Por supuesto que la Corte “no se dejó” y ahora la Contraloría se ve en apuros para liberar 150.000 expedientes de 50.000 altos funcionarios. Tal vez por el entusiasmo de este gol de la transparencia hemos perdido de vista algo demasiado grave.
El apriete de estos diputados colorados y llanistas puede constituirse en un delito con pena de hasta diez años de cárcel. Así como ser causal de pérdida de investidura con inhabilitación de ejercer la función pública. La costumbre de “apretar” no es nueva, pero nunca antes se había hecho con tal descaro. Quien no se da cuenta de lo grave de la situación realmente no quiere ver que si seguimos así la endeble democracia paraguaya y todos los esfuerzos por la transparencia, pilar de la primera, sufrirían un catastrófico revés.
Sería grave y lamentable que las autoridades no tomen cartas en el asunto. El artículo 248 de la CN garantiza la independencia del Poder Judicial y en ningún caso los miembros de los otros poderes podrán arrogarse atribuciones ni intervenir de ningún modo. Estamos lisa y sencillamente ante una intromisión. El Ministerio Público debería actuar de oficio y abrir una investigación fiscal para que estos apretadores con fueros sean enjuiciados por intromisión y vayan a la cárcel.