Establecen régimen de depósito para turismo
El Ejecutivo por Decreto 3742 establece el “Régimen de Depósito Aduanero Privado Comercial para Turismo” y dispone que el valor máximo de comercialización será de US$ 1.000 por mes y por cada persona física.
La normativa forma parte del paquete de medidas diseñado para reactivar el comercio fronterizo, que incluye la reducción del impuesto selectivo al consumo (ISC) cuyo decreto fue emitido el último martes (ver infografía).
Este régimen de depósito es para la comercialización exclusivamente en Encarnación, Ciudad del Este, Salto del Guairá y Pedro Juan Caballero, de mercaderías importadas para personas físicas no domiciliadas en el país.
El nuevo decreto dispone que será utilizado únicamente por personas jurídicas y empresas individuales de responsabilidad limitada habilitadas por la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), para comercializar exclusivamente con personas físicas no domiciliadas en el país de manera directa, por medio presencial, electrónico o tecnológico equivalente, las mercaderías importadas para consumo de turismo en frontera.
Establece que el valor máximo de comercialización será de 1.000 dólares americanos por mes calendario y por cada persona física no domiciliada en el país. Añade que las operaciones deberán estar respaldadas por comprobantes de ventas en los que se deberán consignar: nombre y apellido de la persona no domiciliada en el país; tipo y número de documento de identidad de la persona; y país de residencia, entre otros.
Excepcionalmente hasta el 31 de diciembre de 2020 la base imponible del IVA al momento de la importación de bienes comprendidos en el régimen será el 10% del monto previsto en el primer párrafo del Numeral 7), del Artículo 85, de la Ley N° 6380/2019. Si la venta es a personas domiciliadas en el país, el IVA se liquidará por régimen general.
Las mercaderías sometidas al régimen podrán permanecer en esta condición por 30 días corridos e improrrogables, cumplido el plazo y de no ser regularizados, se procederá a liquidar el IVA por el régimen general. Además, quienes quieran acogerse al régimen deberán constituir una garantía de US$ 100.000 a la orden de Aduanas.