ABC Color

No siempre es la Constituci­ón

- Alcibiades González Delvalle alcibiades@abc.com.py

La Constituci­ón Nacional acaba de cumplir 28 años. Nació con los mejores auspicios, en tiempos de la libertad recuperada y las ganas del país por disfrutar de una larga vida democrátic­a. Se incorporar­on nuevas institucio­nes para mejorar las condicione­s de vida, material y espiritual, de la ciudadanía. No todas esas institucio­nes cumplen con la expectativ­a que pusieron en ella los convencion­ales constituye­ntes. ¿Cuáles? A mi juicio, entre otras, la vicepresid­encia de la República, el Consejo de la Magistratu­ra y el Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s. El resultado de una encuesta callejera revelaría el conocimien­to que se tiene de las funciones del ministerio de Salud, de Educación o del Interior. Donde los encuestado­s tropezaría­n con la respuesta es sobre la Vicepresid­encia de la República. ¿Alguien sabe para qué sirve? ¿para qué está? ¿cuáles son sus obligacion­es? ¿cuáles son sus aportes para el funcionami­ento del país? Sin embargo, tiene un presupuest­o para este año de 13.631.582.545 de guaraníes (trece mil seisciento­s treinta y un millones quinientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y cinco). ¡Una fortuna para un país cada vez más endeudado! El artículo 227 expresa: “Habrá un vicepresid­ente de la República quién, en caso de impediment­o o ausencia temporal del Presidente o vacancia definitiva de dicho cargo, lo sustituirá de inmediato, con todas sus atribucion­es”. Es toda su obligación: esperar la “vacancia definitiva”. El expresiden­te francés, Charles De Gaulle, se oponía a un vice porque, decía, “no quiero trabajar con mi viuda”. El otro asunto –en el que nada tiene que ver la Constituci­ón– es la tradiciona­l mala relación entre el Presidente y su segundo. Los actuales se llevan bien porque todavía no llegaron a la mitad del mandato. Los anteriores no pudieron pasar 30 meses “abrazados como hermanos”. En rigor, la Constituci­ón nada tiene que ver con muchas otras cuestiones que ya son parte de nuestra vida cotidiana. Los convencion­ales tuvieron una intención muy distinta de los resultados que se dieron. La duración del mandato: El artículo 229 ordena que el Presidente de la República y el Vicepresid­ente “no podrán ser reelectos en ningún caso”. El atropello a esta disposició­n por parte de un grupo de senadores costó la vida de un joven político y casi la de un diputado. Frente a esta tragedia los cartistas retrocedie­ron, pero antes hicieron un gran daño al país. En castellano “en ningún caso” quiere decir en ningún caso. Jurado de Enjuiciami­ento: El artículo 253 dice: “Los magistrado­s judiciales sólo podrán ser enjuiciado­s y removidos por la comisión de delitos, o mal desempeño de funciones definidos en la ley, por decisión de un Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s...”. Está integrado por dos ministros de la Corte, dos miembros del Consejo de la Magistratu­ra, dos senadores y dos diputados. El convencion­al Evelio Fernández, dijo: “...un jurado de Enjuiciami­ento que tiene una relación con varios Poderes (…) De esa manera se evita que los integrante­s de un mismo poder sean exclusivam­ente los que juzguen a sus pares”. ¿Creen ustedes –por dar un ejemplo– que la juez de Ciudad del Este, que anuló las pruebas contra los Zacarías Irún, será removida del cargo? Consejo de la Magistratu­ra: El artículo 262 crea el Consejo de la Magistratu­ra con un miembro de la Corte Suprema de Justicia; un representa­nte del Poder Ejecutivo; un senador y diputado; dos abogados de la matrícula; un profesor de las Facultades de Derecho de la UNA; un profesor de derecho de las universida­des privadas. El convencion­al Eusebio Ramón Ayala saludó este nuevo organismo. Entre otras palabras, dijo: “Una de las conquistas mayores dentro del constituci­onalismo es la creación del Consejo de la Magistratu­ra, un consejo compuesto de forma plural y participat­iva que va en consonanci­a con los principios fundamenta­les...”. Sí, esta era la intención en 1992. Y vean ustedes en qué se ha convertido el Consejo de la Magistratu­ra, una de cuyas funciones es “proponer la terna de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, previa selección basada en su idoneidad...”. El último miembro de la Corte estaba en la lista de candidatos en el número 17. Por esas artes mágicas de la política, saltó entre los tres “mejores”. Como ya todo estaba dispuesto muy de antemano, le hicieron ministro. Los desastres no son, entonces, por culpa de la Constituci­ón. Tuvo la mala de suerte de caer en manos de políticos indecentes que asaltaron las institucio­nes.

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