Destituidos no deben volver al Senado, dice constitucionalista
Para el constitucionalista y exsenador colorado, abogado Hugo Estigarribia Gutiérrez, revocar una pérdida de investidura es completamente inviable. El letrado explicó que en el derecho se pueden revocar resoluciones, pero una vez destituida una autoridad, por decisión de un cuerpo político, como lo es el Congreso, ya no se puede revocar la medida.
“En teoría se podría reconsiderar por reglamento interno y con una mayoría calificada. Pero creo muy difícil, es más bien una justificación de autores con destituidos, que un intento real de hacerlo”, señaló.
Dijo esto en alusión a que Zulma Gómez pidió reponer a los exsenadores Dionisio Amarilla y Eugenia Bajac, todos liberales llanistas; mientras que Salyn Buzarquis (PLRA, ind.) pidió reponer a Paraguayo Cubas (Cruzada Nacional).
También dijo que a su parecer la Corte Suprema de Justicia no debería inmiscuirse, pues una destitución política y una pérdida de investidura forman parte de una cuestión “no justiciable”, es decir no puede ser objeto de una acción judicial.
“La Corte no puede obligar al Senado a que vuelva un parlamentario que fue destituido por una mayoría”, agregó, y señaló que solo un Poder del Estado que se encarga de investir a los parlamentarios, es decir que les toma juramento e incorpora al cuerpo legislativo, es el único que puede despojar del título otorgado.
Incluso recordó que existe jurisprudencia al respecto, puesto que el Tribunal Electoral rechazó una acción de nulidad presentada por el exsenador Paraguayo Cubas. “El cuerpo legislativo que invistió a los senadores es el que le saca”, enfatizó.