Fuerte multa si empleadores no abonan CTS hasta el 15
En 2016, Sunafil realizó 13 mil inspecciones que comprendieron a más de 63 mil trabajadores.
Los empleadores deberán depositar la compensación por tiempo de servicios-CTS hasta el próximo martes 15 de noviembre a sus trabajadores que laboren en promedio y como mínimo una jornada de 4 horas diarias. Este beneficia a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada y cuyo abono se realiza en los primeros quince días calendarios de mayo y noviembre, tiene la calidad de ser un fondo de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia. El incumplimiento de este depósito es una infracción grave en materia socio laboral, que podría acarrear multas de hasta 197 mil 500 soles o 50 UIT, en el caso de una empresa no mype o del régimen general. En una pequeña empresa, la multa podría llegar hasta 39 mil 500 soles, lo equivalente a 10 UIT. Para calcular este abono se debe tener en cuenta la remuneración percibida sumado a un sexto (1/6) de la última gratificación, de esta sumatoria, el empleador deberá depositar la mitad del monto computable. El beneficiario puede disponer libremente del 100 % del excedente de 4 remuneraciones brutas de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición, según los alcances de la Ley N° 30334, ley que establece medidas para dinamizar la economía en el laño 2015.
Los trabajadores del régimen privado recibirán el martes su CTS.