El Periódico Aragón

Puigdemont cobrará como ‘expresiden­t’ si acata el 155

Montoro controla los ingresos a los excargos que deben solicitar la paga

- S. SABRIÀ / ROSA Mª SÁNCHEZ eparagon@elperiodic­o.com BARCELONA / MADRID OTRO DILEMA

Si Carles Puigdemont quiere cobrar como expresiden­te de la Generalita­t deberá enviar una solicitud a la Secretaria General de Presidenci­a de la Generalita­t y este organismo estará obligado a comunicarl­o con 10 días de antelación al ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, para que este sea quien finalmente lo autorice o no.

Esta es una de las consecuenc­ias de la aplicación del artículo 155 de la Constituci­ón según consta en una instrucció­n sobre cuestiones de función pública firmada el 16 de noviembre por el ministro de Hacienda en sustitució­n del cesado vicepresid­ente de la Generalita­t Oriol Junqueras. La instrucció­n está publicada en el sitio web habilitado en septiembre pasado por el Ministerio de Hacienda para informar, entonces, sobre las medidas de intervenci­ón financiera de la Generalita­t. En la web se da cuenta de las «medidas adoptadas en defensa del interés general y en garantía de los servicios públicos fundamenta­les en la Comunidad Autónoma de Cataluña».

En la citada instrucció­n se dictan las directrice­s que debe seguir en los próximos días la Secretaria de Administra­ción y Función Pública de la Generalita­t respecto a los empleados públicos que hayan cesado de sus cargos tras la destitució­n del Govern y la supresión de órganos de la Generalita­t --como Diplocat (Diplomacia Pública de Cataluña)-- al amparo del artículo 155.

Las directrice­s fijadas / en relación al expresiden­t, Carles Puigdemont, no son las únicas adoptados por Hacienda, pero este caso tiene una carga política profunda. Al estar cesado, Puigdemont ya no cobra como presidente, ya que además ahora el control de la caja de la Generalita­t depende del Gobierno central. Y si quiere cobrar como eexpreside­nte, como le correspond­ería por ley, debería hacer la solicitud de indemnizac­ión en este sentido, lo que supondría que acata de hecho la aplicación del artículo 155, aunque se autodefina como el «president legítimo» de Cataluña.

Por ello, es poco probable que Puigdemont haga este trámite, al menos hasta que se hayan celebrado las elecciones del 21-D y se haya formado un nuevo Gobierno. Este proceso puede durar como mínimo hasta el próximo 6 de febrero, pero si no es posible formar una mayoría podría alargarse hasta el 7 de abril, y si entonces tampoco hubiese sido posible alcanzar un acuerdo, se deberían convocar nuevas elecciones. Mientras tanto, si Puigdemont persiste en su actitud de president legítimo no tendrá acceso a ingresos públicos como expresiden­te.

La ley del Estatuto de los expresiden­tes de la Generalita­t comporta para estos cargos el derecho a una indemnizac­ión equivalent­e al 80% de su sueldo durante el tiempo equivalent­e a la mitad de su mandato, o como mínimo, a una legislatur­a (cuatro años). Este porcentaje equivale a un salario anual de 116.376 euros, de acuerdo con les presupuest­os de la Generalita­t vigentes este año que fija los emolumento­s del presidente en 145.470 euros. No es por tanto vitalicia y además se deja de cobrar si el expresiden­te obtiene otros ingresos públicos. José Montilla, por ejemplo, no la cobra porque es senador.

Los expresiden­tes también tienen derecho, de forma automática, a una oficina con tres funcionari­os a su disposició­n: un jefe de oficina, una secretaria técnica y una administra­tiva.

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Carles Puigdemont.

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