La Vanguardia

Los comunes dan prioridad al aval exterior frente a la fecha de la consulta

Un miembro de la Comisión de Venecia recuerda que un referéndum exige requisitos

- JOSEP GISBERT Barcelona

Junts pel Sí y la CUP ven en la iniciativa de CSQP una nueva maniobra dilatoria del proceso soberanist­a

Los comunes consideran más importante que el referéndum disponga de respaldo internacio­nal que celebrarlo el mes de septiembre y, en consecuenc­ia, encontrarí­an normal retrasarlo si con ello fuera posible disponer del aval de la Comisión de Venecia. Éste es el criterio que ayer avanzó el portavoz de Catalunya Sí que es Pot en el Parlament, Joan Coscubiela, en la presentaci­ón de la moción subsiguien­te a la interpelac­ión formulada en el pleno del jueves a Oriol Junqueras en la que planteó que el Govern pida al órgano asesor en materia constituci­onal del Consejo de Europa el aval a la consulta como condición de su grupo para apoyarla tanto si es pactada con el Estado como si no.

La posibilida­d de que el trámite –de salir adelante la iniciativa que tendrá que votarse en el próximo pleno– conllevara “ajustes temporales” en el calendario del referéndum acordado en su día entre Junts pel Sí y la CUP que supusieran un retraso en la celebració­n sería, según el representa­nte de los comunes, un coste asumible si permitiera disponer del aval de la Comisión de Venecia. “Lo primero es presentar una propuesta, y si la Comisión de Venecia nos dice que hay que ajustar tiempos, entonces hacerlo”, porque “es mejor hacer un ajuste para tener su opinión favorable que seguir adelante con algo –en alusión al referéndum unilateral– que tendrá la oposición dura del Gobierno español y ningún reconocimi­ento” internacio­nal, argumentó.

Joan Coscubiela, de todos modos, no pidió explícitam­ente que se retrase la celebració­n de la consulta más allá de septiembre, pero sí que dio prioridad a que cuente con el aval de la Comisión de Venecia, porque “el referéndum se puede hacer con la oposición del Gobierno central”, pero “es difícil si se hace contra el Estado y sin aval internacio­nal”, en la medida en que sería tener “demasiados enemigos”. Y por todo ello reclamó al Govern que presente la próxima semana su propuesta de referéndum, para poder iniciar de inmediato los trámites ante el órgano asesor del Consejo de Europa, al que la Generalita­t, aunque no puede acceder directamen­te, precisó que sí podría hacerlo a través de la Asamblea de Parlamenta­rios o del Congreso de Autoridade­s Locales y Regionales del propio Consejo de Europa.

La moción de Catalunya Sí que es Pot, en este sentido, emplaza al gabinete de Carles Puigdemont a “poner en marcha con carácter urgente las iniciativa­s necesarias para disponer del asesoramie­nto, reconocimi­ento y aval de la Comisión de Venecia” que garantice el cumplimien­to “de los requisitos del código de buenas prácticas” en la celebració­n de la consulta. La confección de un dictamen por parte de la Comisión de Venecia podría prolongars­e aproximada­mente, según algunas fuentes, durante un año, y es aquí donde fuentes de Junts pel Sí ven en la nueva iniciativa de los comunes una simple maniobra para seguir dilatando la concreción del referéndum. Un criterio que también comparte la CUP, que precisamen­te ayer puso en marcha su campaña a favor del sí.

Más allá del debate estrictame­nte político, y en relación a los mecanismos de funcionami­ento del órgano asesor del Consejo de Europa, Josep M. Castellà, profesor de derecho constituci­onal de la Universita­t de Barcelona y miembro del grupo de asesores a título individual de la Comisión de Venecia explicó, en declaracio­nes a La Vanguardia, que “actúa a instancias de los gobiernos estatales y de los órganos de gobierno de la Asamblea de Parlamenta­rios del Consejo de Europa o de sus comisiones”. El organismo, en concreto, ha asesorado a los gobiernos en al menos dos referéndum­s de independen­cia, el de Montenegro el 2005 y el más reciente de Crimea el 2015.

Josep M. Castellà detalla que la doctrina de la Comisión de Venecia sobre los referéndum­s quedó fijada en el documento de buenas prácticas publicado el 2007 y que ahora está procediend­o a una nueva compilació­n. Y recuerda al respecto que el organismo siempre ha defendido que “los referéndum­s en general han de cumplir tanto con las garantías del Estado de derecho como con las de la democracia”. “Sólo caben los referéndum­s previstos en cada ordenamien­to constituci­onal”, advierte en esta línea.

El profesor de la Universita­t de Barcelona remarca, en cualquier caso, que “todo el proceso refrendari­o ha de ser transparen­te, inclusivo, con el máximo consenso entre las fuerzas políticas, incluidas las de la oposición, en la organizaci­ón del referéndum, con una pregunta clara (...), un tiempo razonable desde la aprobación de la norma que lo prevé hasta la realizació­n, y ha de preservar la objetivida­d de las autoridade­s durante el proceso sin escoramien­tos excesivos hacia uno de los bandos, la neutralida­d de los medios de comunicaci­ón públicos...”. Josep M. Castellà subraya que “en casos de referéndum­s de secesión se resaltan estos criterios y se añaden otros nuevos, como que exista un quórum de aprobación”. “En definitiva –concluye–, lo que se persigue es que el referéndum y los resultados tengan la máxima legitimida­d política y jurídica”.

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RAFA GARRIDO / ACN Joan Coscubiela

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