Los comunes dan prioridad al aval exterior frente a la fecha de la consulta
Un miembro de la Comisión de Venecia recuerda que un referéndum exige requisitos
Junts pel Sí y la CUP ven en la iniciativa de CSQP una nueva maniobra dilatoria del proceso soberanista
Los comunes consideran más importante que el referéndum disponga de respaldo internacional que celebrarlo el mes de septiembre y, en consecuencia, encontrarían normal retrasarlo si con ello fuera posible disponer del aval de la Comisión de Venecia. Éste es el criterio que ayer avanzó el portavoz de Catalunya Sí que es Pot en el Parlament, Joan Coscubiela, en la presentación de la moción subsiguiente a la interpelación formulada en el pleno del jueves a Oriol Junqueras en la que planteó que el Govern pida al órgano asesor en materia constitucional del Consejo de Europa el aval a la consulta como condición de su grupo para apoyarla tanto si es pactada con el Estado como si no.
La posibilidad de que el trámite –de salir adelante la iniciativa que tendrá que votarse en el próximo pleno– conllevara “ajustes temporales” en el calendario del referéndum acordado en su día entre Junts pel Sí y la CUP que supusieran un retraso en la celebración sería, según el representante de los comunes, un coste asumible si permitiera disponer del aval de la Comisión de Venecia. “Lo primero es presentar una propuesta, y si la Comisión de Venecia nos dice que hay que ajustar tiempos, entonces hacerlo”, porque “es mejor hacer un ajuste para tener su opinión favorable que seguir adelante con algo –en alusión al referéndum unilateral– que tendrá la oposición dura del Gobierno español y ningún reconocimiento” internacional, argumentó.
Joan Coscubiela, de todos modos, no pidió explícitamente que se retrase la celebración de la consulta más allá de septiembre, pero sí que dio prioridad a que cuente con el aval de la Comisión de Venecia, porque “el referéndum se puede hacer con la oposición del Gobierno central”, pero “es difícil si se hace contra el Estado y sin aval internacional”, en la medida en que sería tener “demasiados enemigos”. Y por todo ello reclamó al Govern que presente la próxima semana su propuesta de referéndum, para poder iniciar de inmediato los trámites ante el órgano asesor del Consejo de Europa, al que la Generalitat, aunque no puede acceder directamente, precisó que sí podría hacerlo a través de la Asamblea de Parlamentarios o del Congreso de Autoridades Locales y Regionales del propio Consejo de Europa.
La moción de Catalunya Sí que es Pot, en este sentido, emplaza al gabinete de Carles Puigdemont a “poner en marcha con carácter urgente las iniciativas necesarias para disponer del asesoramiento, reconocimiento y aval de la Comisión de Venecia” que garantice el cumplimiento “de los requisitos del código de buenas prácticas” en la celebración de la consulta. La confección de un dictamen por parte de la Comisión de Venecia podría prolongarse aproximadamente, según algunas fuentes, durante un año, y es aquí donde fuentes de Junts pel Sí ven en la nueva iniciativa de los comunes una simple maniobra para seguir dilatando la concreción del referéndum. Un criterio que también comparte la CUP, que precisamente ayer puso en marcha su campaña a favor del sí.
Más allá del debate estrictamente político, y en relación a los mecanismos de funcionamiento del órgano asesor del Consejo de Europa, Josep M. Castellà, profesor de derecho constitucional de la Universitat de Barcelona y miembro del grupo de asesores a título individual de la Comisión de Venecia explicó, en declaraciones a La Vanguardia, que “actúa a instancias de los gobiernos estatales y de los órganos de gobierno de la Asamblea de Parlamentarios del Consejo de Europa o de sus comisiones”. El organismo, en concreto, ha asesorado a los gobiernos en al menos dos referéndums de independencia, el de Montenegro el 2005 y el más reciente de Crimea el 2015.
Josep M. Castellà detalla que la doctrina de la Comisión de Venecia sobre los referéndums quedó fijada en el documento de buenas prácticas publicado el 2007 y que ahora está procediendo a una nueva compilación. Y recuerda al respecto que el organismo siempre ha defendido que “los referéndums en general han de cumplir tanto con las garantías del Estado de derecho como con las de la democracia”. “Sólo caben los referéndums previstos en cada ordenamiento constitucional”, advierte en esta línea.
El profesor de la Universitat de Barcelona remarca, en cualquier caso, que “todo el proceso refrendario ha de ser transparente, inclusivo, con el máximo consenso entre las fuerzas políticas, incluidas las de la oposición, en la organización del referéndum, con una pregunta clara (...), un tiempo razonable desde la aprobación de la norma que lo prevé hasta la realización, y ha de preservar la objetividad de las autoridades durante el proceso sin escoramientos excesivos hacia uno de los bandos, la neutralidad de los medios de comunicación públicos...”. Josep M. Castellà subraya que “en casos de referéndums de secesión se resaltan estos criterios y se añaden otros nuevos, como que exista un quórum de aprobación”. “En definitiva –concluye–, lo que se persigue es que el referéndum y los resultados tengan la máxima legitimidad política y jurídica”.