Paso paso
Cuando una empresa toma la decisión de comenzar a elaborar productos libres de gluten no solo debe adaptar sus plantas y procesos, también deben cumplir con una serie de requerimientos bromatológicos que es lo que le garantizará el sello “SIN TACC”.
1 Autorización del establecimiento: la elaboración de estos productos requiere que la planta elaboradora tenga su Registro Nacional de Establecimiento (RNE) que acredite la autorización sanitaria para la elaboración de alimentos libres de gluten.
2 Disponer de un director técnico responsable: profesional universitario que esté capacitado y asuma con la firma titular la responsabilidad ante las autoridades sanitarias de la calidad de los productos elaborados.
3 Disponer de un Programa de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF): el programa deberá contar con planes de control en las distintas etapas de la elaboración a fin de evitar la contaminación cruzada. Es auditado por la autoridad sanitaria cuando se autoriza el establecimiento para la elaboración de este tipo de alimentos y el propio fabricante lleva adelante un plan de control y auditorías.
4 Inscripción del producto (tramitar el Registro Nacional de Producto Alimenticio): los productos libres de gluten deben incluir en su denominación la leyenda “libre de gluten” y su logo. Para obtener el certificado, se debe presentar el análisis que certifique que el contenido de gluten del alimento es menor a 10 mg/kg. Esa condición es el aval para que sea considerado «libre de gluten». El análisis debe ser realizado por un organismo oficial o entidad con reconocimiento oficial basado en la metodología oficial.