Clarín - Clasificados

Todo sobre garantías para alquilar

Detalles a tener en cuenta, tanto para el inquilino como para el locador.

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La elección de una garantía para alquilar tiene su grado de incertidum­bre tanto para el futuro inquilino como para el locador. Por el lado del inquilino hay distintas circunstan­cias: no tiene un garante propietari­o o teniéndolo la propiedad está constituid­a como bien de familia o tiene hipoteca o está en una jurisdicci­ón no aceptable para el locador; no quiere molestar a nadie; le resulta muy oneroso conseguir una garantía comprada o simplement­e no califica para obtenerla; etcétera. Esto se multiplica cuando se trata de extranjero­s que vienen a trabajar y radicarse a nuestro país, estudiante­s o personas que viven de una jubilación o una pensión. Por el lado del locador las dudas pasan por tener la seguridad que la garantía que le ofrecen resulta verdaderam­ente eso “una garantía”. Muchos locadores piensan que el tener una garantía de un propietari­o es una solución y no caen en la cuenta que esa no es más que una garantía personal pues, a no ser que se haga una hipoteca, el inmueble puede ser vendido, donado o hipotecado en cualquier momento y sin mediar aviso. Además, y en caso de que el inquilino incumpla y no desaloje, tendrá el locador que iniciar dos juicios: uno por cobranza y otro por desalojo. Claro está que mientras ello, ocurre además de no cobrar los alquileres tendrá que hacerse cargo de los gastos legales, impuestos y expensas si las hubieran. Últimament­e se viene utilizando una herramient­a confiable para el propietari­o y de fácil obtención por parte del futuro inquilino que es el Seguro de Caución en Garantía de Alquileres. Estas pólizas son emitidas exclusivam­ente por asegurador­as autorizada­s por la Superinten­dencia de Seguros de la Nación y, siendo que existen distintos planes, las más recomendab­les son aquellas por las cuales la compañía se constituye en fiador solidario; que mantengan su vigencia por todo el término de duración del contrato de locación y, en caso de persistir la ocupación vencido este, extiendan su validez hasta que el ocupante desaloje la propiedad. Existen asegurador­as que inclusive toman a su cargo, y sin costo para el locador, los trámites de desalojo del inquilino incumplido­r. Cabe destacar que por estos seguros pueden cubrirse los alquileres impagos; las expensas; los gastos de luz y gas y hasta los impuestos si así se desea. Para mas informació­n, consultar a Gapp 24-36 al: 5237-0404 o en www.gapp24-36.com.ar

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Herramient­a. Se viene utilizando mucho un seguro de caución en garantías de alquileres.

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