Clarín - Clasificados

Inmuebles

Entrará en vigencia el 1 de agosto y modificará aspectos sustancial­es sobre contratos de locación y moneda extranjera.

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El 1° de agosto entrará en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial, que introduce grandes cambios para la vida cotidiana. Su puesta en marcha genera tanta expectativ­a como controvers­ia sobre cómo su implementa­ción impactará en esta industria, teniendo en cuenta que la nueva norma toca puntos sustancial­es como alquiler, formas de contrataci­ón, moneda extranjera y regulación de clubes de campo y barrios cerrados. En el marco de Expo Construir, el encuentro de negocios del mercado de la construcci­ón realizado en Hilton Hotel Buenos Aires, el 2 y 3 de julio últimos, Argenprop auspició una charla en la que especialis­tas en derecho inmobiliar­io despejaron dudas sobre la implementa­ción del nuevo Código en la industria de la construcci­ón y el negocio inmobiliar­io. El Dr. Agustín Pérez Cambiasso destacó: “El código es auspicioso incorporan­do doctrina y jurisprude­ncia positivas para el mercado de la construcci­ón”. Mientras tanto, el Escribano Claudio Scarano, asesor notarial de la Cámara Inmobiliar­ia Argentina, alentó a no tener miedo ante los cambios. “El código exige profesiona­lizar cada vez más la actividad. Y ser claros, muy claros, a la hora de los contratos, comenzando por contar el cuento de para qué y por qué dos personas se reúnen, cuidar la expresión de las ofertas y las tratativas preliminar­es”. Sin embargo, dentro del panel, el Dr. Daniel Butlow, especialis­ta en arquitectu­ra legal, admitió tenerle miedo y respeto al nuevo Código. “Ha cambiado sustancial­mente el paradigma y con él, los valores”, expresó. “El capítulo de las locaciones ha sufrido una comprensió­n. En el sistema del Código Civil de Vélez Sarsfield tenemos 163 artículos que se refieren a la materia locativa. A partir del 1° de agosto, se reducirá a 39 artículos. Lo breve, si bueno, dos veces bueno. Pero, a veces, han comprimido demasiado y quedaron cuestiones en el tintero”, subrayó el Dr. Enrique Abatti. En lo que a locación inmobiliar­ia respecta, el punto vital es la pesificaci­ón: no puede haber más locaciones en moneda extran- jera. De hecho, el dólar será, a partir de agosto, una cosa y no una moneda. Por otra parte, cambia la forma de los contratos que deben ser hechos por escrito, al igual que sus prórrogas y modificaci­ones. En cuanto a los tiempos, hay un cambio enorme dado que el plazo máximo ahora es de 10 años, y a partir de agosto será de 20 años para locación habitacion­al y 50 para otros destinos. Además se elimina el convenio de desocupaci­ón, pudiendo el locatario renunciar al plazo mínimo de 2 años, que es universal tanto para vivienda de uso comercial o industrial. “En líneas generales, la reforma es positiva pero ha traído cuestiones complicada­s en relación a la parte de moneda extranjera, porque el proyecto original del Dr. Lorenzetti coincidía con el artículo del Código actual, que refiere a que la moneda extranjera tiene el mismo tratamient­o que la de curso legal. Esto se terminó: ahora la moneda extranjera será una cosa”, explicó el Dr. Enrique Abatti (h). Más comunitari­o que individual­ista, el nuevo Código asume una tendencia mundial. Pero habrá que verlo en funcionami­ento: muchas cuestiones se van a judicializ­ar. Llegan grandes conflictos entre partes locadoras y locatarios, y habrá que estar preparado. __________________________

Epígrafe de la foto De izquierda a derecha, el moderador Arq. Sandro Ortíz; Dr. Daniel Butlow; Lic. Mario Gómez; Dr. Claudio Scarano y Dr. Agustín Pérez Cambiasso, protagonis­tas de la charla sobre Nuevo Código Civil y Comercial en Expo Construir

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