HAY QUE RESOLVER EL TEMA DEL IVA AL CAMPO
Los productores agropecuarios siguen sumando costos impositivos excesivos y distorsivos. El fisco les debe plata y les restringe fuertemente el uso de ese crédito en su favor.
Nos referimos en especial al IVA que debe ser afrontado por el consumidor final. Los agentes que intervienen en la cadena económica solo operan en nombre de la AFIP y su efecto para ellos debería ser neutro, premisa que en la realidad está ausente. La producción de las empresas y personas dedicadas al campo debe ser trasladarla a puertos cuyos costos de fletes superan lo imaginable. La tecnología que aplican y sus formatos de administración elevan cargas impositivas diferentes.
Los productos extraídos de la tierra –granos y hacienda esencialmente– están alcanzados por una tasa de IVA al 10,5% que parece una ventaja. Lejos de la verdad, pues la acumulación de saldos a su favor les quita el capital de trabajo. El motivo de ese efecto es que gran parte de los gastos y compras de insumos se abonan al 21%. Podemos mencionar honorarios profesionales de ingenieros, veterinarios, contadores, escribanos, y también los fletes, semillas y servicios prestados por feedlot. La dificultad e imposibilidad de utilizar estos créditos contra el Estado cercena sus derechos.
Deudas sin compensación
Por su parte, muchos productores mantienen deudas por otros impuestos que se les prohíbe hoy compensar, una inequidad manifiesta. Además, AFIP no les reconoce intereses en su favor y les exige un 36% anual de recargo por su demora en el pago de lo adeudado. Como si fuera poco, para el fisco se trata de un crédito en suspenso, no pudiendo incluso registrar este real gasto como perdida para deducir en Ganancias.
A su vez, el Gobierno está proyectando una reforma tributaria de fondo pensando en reducir la tasa del IVA y fijar un porcentual único, tal como siempre recomendamos. Eso evitaría que continúen acumulándose créditos, pero es indispen- sable buscar alternativas para los elevados saldos existentes.
Hasta el 31 de marzo está vigente la moratoria para aquellos contribuyentes que mantengan deudas impositivas pudiendo regularizarlas con menor costo.
Las ventajas del régimen son el perdón de multas, la reducción sensible de intereses por atrasos y una financiación hasta 60 meses de lo adeudado con porcentuales entre el 1% y 1,5%, según los casos. Las terribles condiciones climáticas que sumaron dificultades financieras implicaron atrasos en los pagos de los productores.
No debemos olvidar que el régimen de emergencia agropecuaria admite solo un diferimiento de obligaciones y suspensión de ejecuciones fiscales ante una pérdida de capacidad de producción superior al 50%.
Los productores requieren de las autoridades gubernamentales la compensación de los saldos en favor de los contribuyentes con las deudas impositivas pendientes regularizadas por moratoria. Así se podría encarar una nueva etapa con un sistema tributario que, además de reducir la presión fiscal, elimine las distorsiones que tanto afectan el crecimiento económico.
Impedir utilizar los saldos a favor que surgen por la liquidación del IVA logra aumentar artificial e ilegalmente la recaudación afectando el equilibrio que debe mediar en la relación jurídica tributaria fisco – contribuyente.
En definitiva, la libre disponibilidad de todos los saldos en favor del contribuyente sería la solución más justa, sencilla, práctica y de efecto inmediato en tanto su posibilidad de aplicación sea amplia y no restrictiva.
Se puede encarar una nueva etapa con un sistema tributario que, además de reducir la presión fiscal, elimine distorsiones.