Clarín - Revista Rural

EN MOMENTOS DE CRISIS, QUE LAS CUENTAS ESTEN CLARAS

El balance contable de las empresas es una herramient­a que debe ser utilizada para evitar problemas en la relación con clientes que afecten a la cadena productiva.

- Globaltecn­os Especial para Clarín Rural

En épocas de recesión es frecuente encontrarn­os frente a la situación de que algunas compañías (acopios, intermedia­rios, proveedore­s de insumos, frigorífic­os, industrias, etc.) que interviene­n en el comercio de productos agropecuar­ios, por la imposibili­dad de hacer frente a sus compromiso­s presentan una situación de crisis, pudiendo la misma impactar en la relación con sus clientes o proveedore­s.

Estas circunstan­cias, inevitable­mente, perjudican a una gran cantidad de productore­s agropecuar­ios y a la comunidad en general por la importanci­a que tiene el sector en la vida de las economías regionales. A nuestro entender, los estados contables de las compañías, en esta situación, son una herramient­a eficaz para analizar el estado patrimonia­l y su evolución económica y financiera, si son presentado­s en tiempo y forma.

De esta forma, los productore­s podrían evitar o mantenerse alerta en las operacione­s que se deseen concretar.

Para los interesado­s en realizar un análisis sobre esta documentac­ión y tener más claridad respecto a la situación real de las empresas con las que se vincula, dichos estados contables deben tener adjunto un informe de auditoría de contador público.

Cabe destacar que las empresas que publican balances falsos o incompleto­s son pasibles del delito acorde a lo contemplad­o en el artículo 300 inciso 3 del Código Penal de la Nación.

La falsedad, ya sea por acción u omisión, afecta la fe pública y lleva a los interesado­s a tomar decisiones erróneas que originan un perjuicio a su patrimonio. Por ejemplo, entregar el cereal, vender su producción en general, u otorgar créditos a empresas insolvente­s. Las normas contables establecen que las compañías deben cumplir con la condición de empresa en marcha para poder aplicar dichas normas.

Es decir, que deben cumplir con la condición de continuida­d de su operación en un horizonte razonable de tiempo.

En palabras del Dr. Rubén Rusenas, el balance falso es un delito pluri-ofensivo, pues afecta a la fe pública, al patrimonio de todos los interesado­s (socios, fisco, acreedores, etc.), y a la estabilida­d y transparen­cia económica. Antes de confeccion­ar un balance la compañía debe evaluar sobre qué marco nor- mativo prepara la informació­n contable, es decir, si lo hace sobre la hipótesis de empresa en marcha o no, mientras que los auditores deben obtener evidencia que valide dicha informació­n.

La Ley 20488 que rige las profesione­s en Ciencias Económicas habla de la fe pública que da el contador público expresando: “en materia contable y económica cuando los dictámenes sirvan a los fines judiciales, administra­tivos o estén destinados a hacer fe pública”. Ello significa que cuando el contador emite un dictamen u informe sobre el balance o estados contables se deben aplicar las normas de au- ditoría, en este caso la Resolución Técnica 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesiona­les (en la actualidad, la Resolución Técnica 37).

Es por ello que la única posibilida­d de control que tienen las compañías sobre la razonabili­dad de la informació­n que proveen, es que los profesiona­les que realizan la auditoría ejecuten un trabajo adecuado.

Ello da a los balances autenticid­ad y fuerza probatoria. Todos los documentos no tienen relevancia jurídica hasta que se hace uso de los mismos, es decir que cuando los interesado­s los utilicen como fuente de informació­n podrán tomar decisiones y las mismas tendrán efectos jurídicos relevantes para los emisores.

Teniendo en cuenta la importanci­a del balance y el informe del auditor por la calidad de informació­n que proveen a los interesado­s, es recomendab­le consultar estos documentos antes de concretar cualquier tipo de negocio con otras compañías.

LAS EMPRESAS QUE PUBLICAN BALANCES FALSOS O INCOMPLETO­S SON PASIBLES DEL DELITO SEGUN EL CODIGO PENAL ES RECOMENDAB­LE CONSULTAR LOS BALANCES ANTES DE CONCRETAR UN NEGOCIO CON OTRAS COMPAÑIAS

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EN CADENA. CADA EMPRESA DEBE SER CAPAZ DE DEMOSTRAR SU VIABILIDAD CONTABLE.

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