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Protección para los archivos

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Marcha atrás. Finalmente, fueron derogados los artículos 8° y 9° de la polémica resolución 44/16, que permitía que cualquier funcionari­o con rango de Director Nacional decidiera el descarte de archivos públicos, tras su digitaliza­ción. Como antes, el Archivo General de la Nación -con protocolos estrictoss­erá el responsabl­e, en última instancia, de decidir qué se descarta y qué no.

La polémica se disparó a partir de dos disposicio­nes recientes que, en nombre del proceso de “despapeliz­ación” de los organismos públicos, apuntaban a la reducción de los archivos..

En esa línea, la resolución 44/16 de la Secretaría de Modernizac­ión Administra­tiva del Ministerio de Modernizac­ión de la Nación, publicada en el Boletín Oficial el 30 de diciembre de 2016- y un edicto del Archivo General del Poder Judicial de la Nación –N° 5795/17-, de febrero de este año, dejaban en manos de funcionari­os del Poder Ejecutivo, en el primer caso, y del Poder Judicial, en el segundo, la posibilida­d de“depurar”( o sea, destruir) documentos públicos del período 1942-1982.

Para descartar el material era suficiente la autorizaci­ón de un funcionari­o “con rango no inferior a Director general o nacional pertenecie­nte al organismo o jurisdicci­ón en que estuviera archivado el expediente”. En la práctica, un mando medio.

Historiado­res, investigad­ores y archivista­s salieron a repudiar estas medidas. Denunciaro­n que ponían en riesgo valiosos documentos históricos, acaso perdidos entre toneladas de papeles.

El señalamien­to de los historiado­res se materializ­ó en el “Petitorio de Resguardo del Patrimonio Histórico Nacional”, que reunió más de 10 mil adhesiones. Los firmantes pedían que se resguardar­an, al menos, los expediente­s del período 1974-1983, correspond­ientes a la última dictadura militar y a los dos años previos

“La derogación de los artículos más problemáti­cos es una noticia muy positiva, vuelve a ser competenci­a del Archivo General de la Nación el destino de los documentos públicos” explica a Clarín Marcela Ternavasio, vicepresid­enta de la Asociación Argentina de Investigad­ores en Historia.

El AGN tiene como función resguardar la documentac­ión que la ley le confía “para la eternidad”.

“Ahora habrá qué evaluar qué definen el Ministerio de Modernizac­ión y el AGN sobre de quién depende el ‘descarte’, pero se abrió una instancia de diálogo. Esperamos que el debate se profundice ”, dijo la historiado­ra.

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