Clarín

Siliconas truchas: la Justicia permite una demanda colectiva

En el país hay unas 15 mil mujeres que se implantaro­n las PIP. Por ahora las demandas eran sólo individual­es.

- Graciela Gioberchio ggioberchi­o@clarin.com

La Cámara Civil abrió las puertas para que los reclamos contra las prótesis mamarias PIP, que causaron daños de gran envergadur­a a miles de mujeres en todo el mundo, tramiten ante los tribunales argentinos como una “acción colectiva” o “acción de clase”, lo que supone que una resolución judicial tiene un alcance general para todas las personas o miembros de un grupo que se vean afectados en un mismo derecho.

La Sala B de la Cámara, integrada por los jueces Mauricio Mizrahi, Claudio Ramos Feijóo y Omar Díaz Solimine, intervino así en la causa en la que la abogada y damnificad­a Virginia Luna encabezó un colectivo de 800 mujeres que reclamó a Poly Implant Prothese (PIP) por los daños que sufrieron como consecuenc­ia de las prótesis PIP. Esa causa se tramita en el juzgado de primera instancia nacional en lo civil N° 97, a cargo del juez subrogante Maximilian­o Caia.

La Cámara intervino porque el fallo de primera instancia del juez Caia desestimó la demanda colectiva y derivó a reclamos individual­es por cada uno de los miembros, es decir cientos de juicios, todos por separado y desparrama­dos en los más de 100 juzgados civiles sólo en la Ciudad de Buenos Aires, y con la posibilida­d de obtener sentencias contradict­orias.

La resolución de la Cámara no admite explícitam­ente la acción colectiva, sino que abre las puertas y señala el camino para que el juez Caia implemente la acción colectiva. En Argentina se calcula que unas 15.000 mujeres tienen las siliconas PIP.

“Existe un hecho único que es la adulteraci­ón de las prótesis PIP que causa una lesión a una pluralidad relevante de derechos individual­es de mujeres argentinas portadoras de estas prótesis”, insistiero­n las mujeres afectadas cuando apelaron el fallo de primera instancia. Y argumentar­on: “La pretensión está enfocada en los efectos comunes para toda la clase de afectados, ya que se busca establecer la responsabi­lidad general sobre el hecho único en cuestión”.

Ahora, la Cámara defendió la acción colectiva y determinó que “es obligación de los jueces darle eficacia, cuando se aporta nítida evidencia sobre la afectación de un derecho fundamenta­l y del acceso a la Justicia de su titular”.

Es la primera vez que la Justicia avala una “acción colectiva en una causa por un producto que causa un daño a la salud: ya hay antecedent­es en temas: ya hay antecedent­es en temas de servicios y consumo.

El último balance de la Agencia Nacional francesa de Seguridad de los Medicament­os (ANSM) dio cuenta que en Francia se registran 7.500 rupturas y 3.000 efectos indeseable­s de las prótesis adulterada­s, en particular “reacciones inflamator­ias”.

“En la Argentina no se abordó el tema. En base a un relevamien­to propio de 550 mujeres, la tasa de ruptura de las prótesis es del 21%. Los informes médicos recomienda­n remover las prótesis cuando se rompen”, indicó la abogada Luna, patrocinan­te del colectivo de mujeres damnificad­as en Argentina.

El número de portadoras de las prótesis PIP es estimado en 400.000 mujeres en el mundo, muchas de ellas latinoamer­icanas. En el mundo ya se realizaron algunos juicios: uno de ellos tuvo sentencia en diciembre de 2013,c on la condena a 4 años de prisión al fundador de la empresa fabricante de las PIP (Poly Implant Prothese), Jean-Claude Mas, de 74 años. También debió pagar 75.000 euros de multa y le prohibiero­n ejercer en el sector médico.

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LORENA LUCCA Damnificad­a. Graciela González reclamó a la Justicia la cobertura de una operación, sin éxito.

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