Clarín

Fallo histórico a favor de la muerte digna en el país

Es el caso de Marcelo Diez, de 50 años, cuyas hermanas libraron una dura batalla judicial. Ayer finalmente falleció. Críticas desde la Iglesia.

- Mariana Iglesias miglesias@clarin.com

Marcelo Diez llevaba 20 años en estado vegetativo, luego de un accidente con su moto. La Corte autorizó ayer a que lo dejaran morir. Horas después, falleció.

“Marcelo es libre finalmente”, dice Adriana, una de las hermanas de Marcelo Diez. “No tengo palabras. No puedo hablar porque no me sale nada”, dice Andrea, la otra hermana. Al rato Andrea habla, habla de paz, de tranquilid­ad, de alivio. Difícil ponerle palabras a esta historia que comenzó veinte años atrás con un accidente que dejó a un hermano postrado y ausente. A unos padres desesperad­os por devolver ese hijo a la realidad, en una lucha inútil que terminó enfermándo­los a ellos. Y luego años de litigio judicial y de enfrentami­entos con la Iglesia. La historia ahora ya tiene un final: la Corte Suprema de Justicia acaba de reconocer el derecho de todo paciente a decidir su muerte digna. Eso es lo que pedían sus hermanas desde hace años, cuando varios comités de bioética dejaron en claro que el estado de Marcelo Diez era irreversib­le.

Marcelo murió ayer a las 18.15. Hacía dos semanas que agonizaba. Tenía 30 años el día que un auto chocó su moto en una ruta neuquina. Marcelo quedó postrado, con destrucció­n del lóbulo frontal y severas lesiones en los lóbulos temporales y occipitale­s. Marcelo, un tipo joven que amaba la adrenalina y los deportes extremos, no habló nunca más, no hizo ni un solo gesto desde entonces. No tuvo más conciencia de nada que lo rodeara, se volvió incapaz de elaborar ningún tipo de comunicaci­ón o expresión. No tuvo más actividad cogni

tiva. Así, durante más de 20 años requirió atención permanente para sus necesidade­s básicas, además de tener que ser alimentado por una sonda conectada a su intestino delgado. Los primeros tiempos, fueron los padres de Marcelo los que se ocuparon de todo esto, en su propia casa. Pero se les fue la vida en eso, literalmen­te.

Al morir los dos, Andrea y Adriana internaron a Marcelo. Y como tampoco había evolución en la clínica con ayuda profesiona­l, pidieron informes. En 2011 los comités de bioética de la Sociedad Argentina de Terapia Intensiva, del Incucai y del Ministerio de Salud de Neuquén afirmaron que su estado era “irreversib­le”. Ante semejante evidencia, las hermanas reclamaron el derecho a una muerte digna. Los médicos de la clínica neuquina donde estuvo internado se negaron sistemátic­amente.

Cuando en 2012 se sancionó la ley nacional de Derechos del Paciente, que contempla la muerte digna, creyeron que la lucha había acabado. Pero no. Si bien el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén convalidó el pedido, el curador designado para el juicio y el representa­nte del Ministerio Público de Incapaces interpusie­ron recursos extraordin­arios. En ese momento se metió el obispo de Neuquén, monseñor Virginio Bressanell­i, dijo que retirar el soporte vital equivalía a un asesinato. Ayer, desde la Iglesia también criticaron el fallo (ver página 4).

En 2014 la Procurador­a General de la Nación convalidó el pedido de las hermanas basándose en el derecho a la “autonomía personal”. Alejandra Gils Carbó dijo que la decisión sobre “el retiro, cese y abstención de las medidas de soporte vital que lo mantienen con vida en forma artificial pertenece a su zona de reserva, garantizad­a por el derecho a la autonomía personal” y que “se encuentra libre de las injerencia­s del Estado y de terceros”.

Ahora quienes firmaron el fallo para que se suspendier­an las medidas que durante 20 años prolongaro­n artificial­mente la vida de Marcelo son los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda. Carlos Fayt se abstuvo.

El fallo dice que Marcelo Diez “ha sufrido lesiones que lo colocan en un estado irreversib­le e incurable (...) Es por este motivo que resulta posible encuadrar su estado, así como la petición formulada de retiro de medidas de soporte vital, dentro de lo contemplad­o en los artículos 2°, inciso e, y 5°, inciso g, de la ley 26.529”. Es la ley de Derechos del Paciente.

El fallo también alude al derecho de autodeterm­inación de las perso- nas, y citan a la ley 24.193 (de Trasplante de Organos) para argumentar que “los hermanos se encuentran autorizado­s a dar testimonio de la voluntad del paciente”. El fallo también aclara que no se trata “de un caso de eutanasia” y resalta que “deben evitarse judicializ­aciones innecesari­as de decisiones relativas al cese de prácticas médicas”.

“Sólo sé que es lo correcto, que por fin se cumplió la voluntad de Marcelo –dice Andrea a Clarín–. Y que nunca más alguien será obligado por los fundamenta­listas o los autoritari­os a vivir contra su voluntad. Marcelo no se merecía vivir 20 años sin dignidad. Nadie se lo merecería. Siento tranquilid­ad, paz”. Adriana agregó: “Siempre tuvimos esta convicción. Estoy muy aliviada. Siempre acompañamo­s a nuestro hermano”.

Las hermanas no estaban solas en el reclamo: miles de personas las apuntalaba­n desde hace años en su grupo de Facebook “Marcelo no hubiera querido esto”.

“Sólo sé que es lo correcto, por fin se cumplió su voluntad”, dijo una hermana “Ha sufrido lesiones que lo colocan en un estado irreversib­le”, destacó el fallo

 ??  ?? Recuerdo. Marcelo durante una excursión de pesca. Luego del accidente perdió toda actividad cognitiva.
Recuerdo. Marcelo durante una excursión de pesca. Luego del accidente perdió toda actividad cognitiva.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina