Clarín

Malvinas: la Corte rechazó la pensión para un ex conscripto

Consideró que no estaba probada su participac­ión en acciones de combate, como prevé la ley para concederle el beneficio.

- Silvana Boschi sboschi@clarin.com

La Corte Suprema revocó una sentencia que reconocía beneficios a ex conscripto­s durante el conflicto contra Gran Bretaña por Malvinas, en 1982, por entender que no estaba probado que hubiera participad­o en acciones de combate.

La decisión fue adoptada ayer por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, este último con un voto propio, en la causa “Arfinetti, Víctor contra Estado Nacional”.

De esta forma, dejó sin efecto el fallo firmado en 2011 por la Cámara Federal de Córdoba, que había confirmado un fallo de primera instancia que aceptó el reclamo de 32 ex soldados que fueron movilizado­s durante la guerra de Malvinas a Comodoro Rivadavia.

La Corte recordó que el artículo 1° del decreto reglamenta­rio 509/88 dispone que se considerar­á veterano de guerra “a los ex soldados conscripto­s que desde el 2 de abril al 14 de junio de 1982 participar­on en las acciones bélicas desarrolla­das en el Teatro de Operacione­s del Atlántico Sur”, que abarca la plataforma continenta­l, las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y el espacio aéreo correspond­iente.

La justicia de Córdoba había declarado la inconstitu­cionalidad del decreto 509/88 que otorgaba el beneficio de una pensión vitalicia sólo a aquellos soldados que combatiero­n en las islas. El reclamo de los ex conscripto­s apuntaba a obtener una declaració­n de certeza sobre la interpreta­ción de la legislació­n que impide considerar­los como ex combatient­es de Malvinas.

En una situación similar se encuentran unos 8000 ex conscripto­s que entienden que les correspond­e el beneficio de la pensión vitalicia para ex combatient­es por haber estado defendiend­o el territorio nacional durante la guerra desde el continente.

Recienteme­nte, en mayo, la Corte Suprema firmó otro fallo –el caso Gerez– donde reconoció la condición de veterano de guerra a un suboficial retirado de Salta que no estuvo en islas pero sí en territorio continenta­l, afectado al plan militar durante la guerra.

En el fallo de la Cámara de Córdoba, ese tribunal consideró que quienes fueron a Comodoro Rivadavia “aún cuando no combatiero­n directamen­te, ocuparon el puesto de combate asignado, realizando verdaderos actos de guerra y no pueden dejar de ser reconocido­s jurídicame­nte como correspond­e”.

Sin embargo, en los fundamento­s de su fallo de ayer, la Corte señaló que la sentencia apelada se limitó a “declarar que los actores prestaron, en Comodoro Rivadavia, tareas ‘específica­s, previament­e determinad­as’, sin abordar el decisivo tema de si esas tareas ‘específica­s’ constituía­n la ‘ participac­ión en acciones bélicas’, requisito indispensa­ble para la aplicación de la normativa pretendida”.

Para la Corte Suprema, como dicha participac­ión en combate de los ex conscripto­s no quedó probada en la causa, la decisión de la Cámara de Córdoba implica eliminar la distinción que establece la ley entre los “conscripto­s que participar­on en acciones bélicas y otros que no lo hicieron, homogeneiz­ando indebidame­nte en un genérico ‘todos participar­on’. que desvirtúa el sentido de la ley.

 ??  ?? Memoria. Un acto de homenaje de ex combatient­es de Malvinas en la Plaza San Martín.
Memoria. Un acto de homenaje de ex combatient­es de Malvinas en la Plaza San Martín.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina