Le atenúan la pena porque la mujer lo engañaba
En un fallo polémico, un tribunal condenó a 15 años de cárcel a un radiólogo que le pegó 9 tiros a su mujer al encontrarla chateando con otro. Por femicidio, le correspondía perpetua.
Adujo emoción violenta al descubrir un supuesto amante.
Héctor Pared fue condenado el martes pasado a 15 años de prisión por el crimen de su mujer. Pero la condena incluye una frase polémica. A pesar de que la mató de 9 tiros y para eso tuvo que recargar su revolver calibre 32, la pena del Tribunal Oral en lo Criminal 10 de Lomas de Zamora fue por “homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación”. Y esa atenuación es una especie de justificación por las circunstancias en las que se dio el crimen. Antes del trágico hecho, que sucedió en agosto de 2011 en Lanús Oeste, Pared había descubierto a su mujer chateando con un amante.
La decisión de los jueces Daniel Manzini, Susana Silvestrini y José Ignacio Polizza coincidió con el pedido del fiscal Jorge Bettini Sansoni, que también había pedido 15 años de condena. El fiscal dijo que la situación en la que ocurrió el crimen afectó a Pared, un radiólogo industrial de 56 años que actualmente espera la confirmación de la condena en la misma casa de Lanús Oeste en donde ocurrió el femicidio.
Es decir que la mala relación que Pared tenía con su mujer fue tomada por el tribunal como un atenuante para la pena. “No recuerda lo que pasó”, dijo ayer su abogado, Luis Ricardo Aliana. “Se probó científicamente que hubo emoción violenta. Esto fue un trastorno mental transitorio, por el que no supo cómo seguir sus acciones y sucedió lo que sucedió”, dijo el abogado. Y agregó: “No está arrepentido porque no sabe lo que hizo”. Aliana dijo que apelará la decisión e “irá por la absolución” de su defendido. La Fiscalía había pedido 15 años pensando también que el argumento de la defensa era válido. Y no hubo en el juicio abogados querellantes que pidieran una pena más alta, o que el caso sea caratulado como “femicidio”.
Durante el juicio, el fiscal del caso descartó la “emoción violenta” y la “inimputabilidad” de Pared. Sin embargo, tuvo en cuenta el testimonio de seis psiquiatras a la hora de pedir la condena: Tres de esos psiquiatras consideraron que Pared era “inimputable” y los otros tres dijeron que comprendió la acción de sus actos.
Pared y su mujer, Mónica Mareco, de 50 años, vivían juntos desde hace 30 años, pero la relación estaba terminada. “El no quería que ella se fuera de la casa. Se iba todos los fines de semana y volvía los lunes”, contó su abogado. En sus “últimas palabras” antes de conocerse el veredicto del Tribunal Oral 10, Pared dijo: “Aún la amo, duermo todas las noches pensando en ella porque está conmigo”.
En el juicio, Pared dijo que encontró a su mujer sentada frente a la computadora chateando por Facebook con quien él sospechaba que era un amante.
Después del homicidio, Pared tuvo la intención de suicidarse, pero su hijo justo llegó a la casa, se abalanzó sobre su padre y se lo impidió. Es que el joven había declarado que el padre lo llamó diciéndole que se había “mandado una macana” y que se iba a suicidar porque había matado a la madre.
Cuando llegó a la casa, el hijo (el único que tuvo la pareja) se encontró con su madre en el suelo y al lado un bolso, porque aparentemente estaba por abandonar la casa familiar.
Ayer el abogado de Pared explicó los detalles del fallo: “No supo conducir sus acciones en el momento del hecho, eso es lo que se enteinde como circunstancias extraordinarias de atenuación en el fallo”, dijo Aliana. Pero la condena de 15 años implica que Pared no fue considerado inimputable. “Evidentemente los jueces consideraron que no está fuera de sí totalmente, es un hombre que razona, no es un paciente psiquiátrico”, dijo su abogado.
El fallo provocó el rechazo en las organizaciones que trabajan el tema de la violencia de género. “Manifestaciones sociales tan masivas de repudio a la violencia como la que se dio a principios de junio parecen indicar que se ha avanzado en la comprensión de este fenómeno –dijo ayer Natalia Gherardi, abogada del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género–. Sin embargo, cuando vemos que aún hay fallos de la justicia en los que se justifica la violencia en función de la frustración de las expectativas de un sujeto, comprobamos que hay mucho trabajo por delante”.
No está arrepentido porque no sabe lo que hizo. Se probó que hubo emoción violenta. Fue un trastorno mental transitorio”.
Luis Aliana, abogado defensor Aún hay fallos en los que se justifica la violencia en función de la frustración de las expectativas de un sujeto”.
Natalia Gherardi, abogada ELA