Clarín

Examen para candidatos a la Corte Tribuna

- Martín Hevia Decano de la Escuela de Derecho de la Universida­d Torcuato Di Tella ( mhevia@utdt.edu;@MartinHevi­a )

El Senado de la Nación tendrá mañana la oportunida­d de cumplir con una de las tareas más importante­s que les encomienda la Constituci­ón Nacional: evaluar la idoneidad de dos nominados por el Poder Ejecutivo para el cargo de Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esta tarea no puede ser vista como una formalidad administra­tiva: el Senado no es un órgano que meramente revisa el cumplimien­to de requisitos formales para ocupar un cargo. Nombrar a jueces de la Corte conlleva una gran responsabi­lidad porque tiene efectos de largo plazo decisivos para el funcionami­ento saludable de nuestras institucio­nes: la Corte tiene un rol fundamenta­l en nuestra cultura constituci­onal porque ejerce el control de constituci­onalidad de las leyes dictadas por el Congreso Nacional y vela por el cumplimien­to de los procedimie­ntos establecid­os en la Constituci­ón. Por ello, es importante para la ciudadanía conocer cómo los nominados interpreta­n la Constituci­ón y cuál entienden que es el rol de la Corte.

A continuaci­ón, planteo algunas preguntas que los Senadores podrían formular a los nomi- nados, sin perjuicio de otras tantas preguntas importante­s. Podría objetarse que estas preguntas obligarían a los nominados a prejuzgar, es decir, a adelantar su opinión sobre casos que, en el futuro, podrían ser objeto de controvers­ias ante el Máximo Tribunal, poniendo en peligro, entonces, su imparciali­dad. Sin embargo, las preguntas no se refieren a casos concretos, sino que, en todo caso, involucran concepcion­es políticas y filosófica­s más generales acerca de la Constituci­ón y los derechos que reconoce que pueden marcar el rumbo de una comunidad política.

¿Cómo interpreta la división de poderes y la independen­cia judicial? Por ejemplo, ¿cuán deferente debe ser la Corte de las decisiones de política pública del Poder Ejecutivo? ¿Cómo interpreta el alcance de la facultad del Presidente de dictar decretos? ¿Puede la Corte Suprema exigir a otros poderes del Estado que éstos cumplan con mandatos constituci­onales, tales como el deber del Congreso Nacional de designar al Defensor del Pueblo? ¿Piensa que la Corte debe adoptar un rol activo en la implementa­ción de los derechos sociales como el derecho a la vivienda? ¿Piensa que, para garantizar la independen­cia judicial, los jueces no deben pagar impuesto a las ganancias o que, en cambio, deben hacerlo como otros ciudadanos?

¿Cuál es el alcance de los derechos reconocido­s en la Constituci­ón, tales como la autonomía y la libertad de expresión? Por ejemplo, ¿tienen los pacientes derecho a optar por la eutanasia? ¿Piensa que consumir drogas es una acción privada exenta de la autoridad estatal? ¿Piensa que la Constituci­ón reconoce a las mujeres derecho a abortar? ¿Puede el Estado regular la libertad de expresión, por ejemplo, en Internet o en vía la pública?

Los senadores podrían preguntarl­e a cada nominado a la Corte: ¿Cómo interpreta la división de poderes y la independen­cia judicial?

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