“Es su única chance de vida y le rechazan cubrir un trasplante”
Ricardo Juri tiene 61 años y padece de fibrosis pulmonar idiopática, enfermedad que lo tiene postrado, se agrava día a día y le causará la muerte a no muy largo plazo. Los médicos coinciden en que su única posibilidad de sanación y sobrevida es que se le haga un trasplante pulmonar. En los centros que en la Argentina realizan esa compleja intervención se le informó a Ricardo que, debido a su edad y a sus condiciones generales de salud, no es elegible para ser receptor de un trasplante que tendría pocas posibilidades de ser exitoso.
La posición de los responsables de esos centros de salud, obligados a jerarquizar a quienes trasplantar y a quienes no, puede ser entendible. Pero ocurre que para Ricardo ese trasplante es su única posibilidad de sobrevivir.
Así, con la asistencia de sus médicos, su esposa y sus amigos pudo saber que ese trasplante pulmonar, que aquí no es factible, podía serle practicado en la Clínica Mayo de Jacksonville (Florida, EE.UU.) La condición es trasladarse hasta allí para que se le haga un análisis previo. El costo de ese estudio previo es de US$ 55.000, que deben ser depositados por adelantado. El costo total de realizarse el trasplante, incluyendo análisis previos, cirugía, rehabilitación, servicios posteriores y ambulancia aérea es de US$ 515.000 dólares.
Dado que no puede afrontar por sí mismo esos costos, Juri requirió que le fueran cubiertos por la Obra Social de los Viajantes Vendedores de la República Argentina – OSVVRA – de la que es afiliado, mediante los recursos existentes en la Administración de Programas Especiales de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). Su pedido fue rechazado por ese organismo y la decisión avalada por el Poder Judicial en primera instancia y apelación. Si se despeja la jerigonza jurídico-administrativa que fundamenta el rechazo, lo que queda es que aceptarlo sería un precedente que podría ser tenido como jurisprudencia fundante por otros solicitantes de asistencias similares y ello pondría en riesgo financiero los fondos de los Programas Especiales de la SSS. Me parecen hechos evidentes: 1) Que la vida de Ricardo Juri está en peligro y que lo único que puede salvarla, un trasplante pulmonar exitoso, es admitido aún por los jueces que rechazaron sus demandas; 2) Que la vida es el derecho principal que protege el orden jurídico vigente también es una verdad axiomática; 3) Que por ende no es admisible que desde el Poder Judicial se considere peligrosa y/o perjudicial la perspectiva de ampliar la posibilidad de resguardar ese derecho por parte del Estado; 3) Que la crea- ción de la Administración de Programas Especiales en la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) y la asignación de los fondos que maneja se inspiró, como su propio nombre lo indica, en el objetivo de atender casos “especiales”. Y el de Ricardo Juri es un caso “especial”.
Aunque disto de ser versado en Derecho, sé que al decir de los abogados en este caso me corresponden las generales de la ley ya que Ricardo Juri no es sólo mi compañero y mi amigo, sino que es para mí un hermano de la vida. Por eso sentí la necesidad de descargar en estas líneas mi bronca y mi amargura por lo que me parece una canallada.
José Luis Lingeri es el verdadero mandamás de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). Y como tal condena a muerte a Ricardo por no sentar el precedente de que la SSS puso algo más de 500 mil dólares para que lo operen en exterior y le salven la vida. Aunque sigo rogando a Dios por Ricardo y sé que, porque es un hombre de fe, él está confiado en que lo que el Señor disponga va a ser para su bien, necesitaba volcar en estas líneas mi indignación y agradezco a quienes me escuchen y difundan esta injusticia.