En un fallo polémico, la Justicia avaló los números del Indec de Moreno
Fue por el reclamo de un tenedor de bonos que pedía un ajuste. No lograron probar que el índice fuera erróneo.
La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal avaló por segunda vez las mediciones de inflación del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) durante el gobierno kirchnerista, cuando estaba intervenido por el ex secretario de Comerio Guillermo Moreno.
Fue ante el reclamo de un tenedor de bonos de la deuda pública ajustable por CER, Enrique Lavié Pico, que reclamaba un ajuste de lo que había percibido porque decía que las mediciones de inflación del INDEC eran menores a la realidad.
"De la totalidad de la prueba ofrecida y producida por la actora, aunque copiosa (especialmente los informes periodísticos) y considerable,no logra evidenciar la 'errónea' elaboración del Indice de Precios al Consumidor (IPC) por parte del INDEC", confirmó la Sala Tercera de la Cámara.
En el expediente tampoco se probó "que la metodología empleada resulte inadecuada para el fin propuesto con relación a la elaboración de dicho Indice".
Así, los camaristas Sergio Fernández, Esteban Argento y Carlos Grecco confirmaron el fallo de primera instancia del magistrado Enrique Lavié Pico, que había rechazado antes la demanda del bonista.
El demandante sostenía que los cupones de pago de las Letras de la deuda le fueron "mal pagados en razón de que el INDEC calculó los mismos teniendo en consideración coeficientes CER elaborados sobre la base de índices de precios al consumidor formulados en defecto". La acción judicial apuntaba a la "Metodología 13", la forma de medir la inflación implementada por el INDEC de Morenodesde 2008.
En primera instancia, el fallo sostuvo que "no se advierte que haya existido una elaboración errónea del IPCo que la metodología empleada no resulte adecuada para el fin propuesto con relación a la elaboración del IPC".
"Los aportes de informes privados, periodísticos y los índices calculados por distintas provincias no dan cuenta por sí mismo de la veracidad de los datos allí aportados o que resulten ser los correctos a aplicar en el presente caso, ni logran demostrar que el IPC haya sido efectuado en base a procedimientos irregulares y/o arbitrarios", puntualizaba aquella resolución.
Ahora, la Cámara corroboró que "los referidos informes no logran acreditar de qué manera se habría elaborado en forma errónea el IPC, puesto que la información primaria empleada en su cálculo no ha sido objeto de análisis ni ha sido auditada por los organismos de control pertinentes".
Los camaristas señalaron que el dictado de la Emergencia Estadística por parte de la gestión de Todesca no acreditó fehacientemente que haya habido en los últimos años errores de cálculo en el IPC y que las pruebas presentadas no permiten aseverar que existió manipulación estadística.
Los actuales Informes del INDEC señalan que similares informes “con posterioridad al primer trimestre de 2007 y hasta el cuarto trimestre de 2015, deben ser consideradas con reservas”, pero no dice que fueron manipulados. Y el fallo rechaza la posibilidad de utilizar las mediciones provinciales en lugar del índice del INDEC porque “la aplicación al caso de índices propios de otra jurisdicción luce ostensiblemente irrazonable y arbitrario”.
La controversia, además del aspecto jurídico, tiene severas implicancias económicas por cuanto una corrección “retroactiva” --de casi 10 años-- del indice de ajuste de los bonos sentaría un precedente que llevaría a miles y miles de demandas similares. Y dispararía aún más la deuda del Estado que, además, registra un elevado déficit fiscal.
Justamente la manipulación K del IPC a través de la intervención que había impulsado Moreno apuntaba a mostrar una inflación mucho más baja, para contener las demandas salariales, y morigerar el crecimiento de la deuda pública que, de todos modos, aumentó en unos U$S 100.000 millones durante la gestión kirchnerista.