Clarín

Cómo se descontará la jubilación en sueldos altos

Sin tope. Si se aprueba la reforma impositiva, los que cobran por encima de los $ 82.000 aportarán más.

- Ismael Bermúdez ibermudez

El proyecto de reforma impositiva del Gobierno elimina el tope de la remuneraci­ón máxima, que actualment­e es de $ 81.918,55 sobre el que se realiza el descuento previsiona­l del 11%. En cambio, se mantiene ese tope para los descuentos de obra social y PAMI. Se estima que poco más de 200.000 personas ganan por encima del tope, el 75% varones y el 25% mujeres.

En tanto, la recategori­zación de los monotribut­istas, hoy cuatrimest­ral, pasa a ser "por semestre calendario" (enero/junio y julio/diciembre).

En el caso de los empleados en relación de dependenci­a, los descuentos se aplicarán del siguiente modo. Así, quien gana $ 100.000 de salario bruto hoy le descuentan el 11% y el 6% sobre $ 81.918,55. El descuento suma $ 13.926,15. Entonces el sueldo neto es de $ 86.073,85. Ese importe tiene además la retención de Ganancias, según la estructura familiar del empleado.

Con el cambio propuesto por el Gobierno, el descuento del 11% se realizará sobre los $ 100.000, mientras los aportes de salud se siguen calculando sobre $ 81.918,55. Este valor se actualizar­á por la fórmula de movilidad de la seguridad social que el Gobierno está redefinien­do. Los cambios propuestos por el Ejecutivo representa­n una reducción del 5% en el salario del ejemplo. Pero por recibir una suma menor, también será menor el descuento por Ganancias.

Entonces, el sueldo bruto tendrá $ 11.000 de descuento jubilatori­o más $ 4.915 por PAMI y Obra Social. En total el descuento es de 15.915 y el sueldo neto pasa $ 84.085. Sobre este nuevo valor se descuenta la retención de Ganancias.

Al aportar al sistema previsiona­l sobre una cifra mayor, en el proyec- to de se estipula que la futura jubilación se calculará sobre la totalidad del sueldo bruto, y ya no estará alcanzado por el tope jubilatori­o o haber máximo. Y para el cálculo futuro de la jubilación habrá una etapa de transición que combinará la cantidad de meses que hasta ahora tuvieron un tope o máximo de remuneraci­ón imponible, con los meses que no tendrán en el futuro ese máximo en el cálculo del haber jubilatori­o.

Por ejemplo, quien cobra $ 120.000 (promedio actualizad­o últimos 10 años) si tiene 35 años de aporte hoy se jubila con $46.430 ( 38,7% del ingreso bruto). Dentro de 5 años se jubilará con $59.757 ( 49,8%) y en 10 años, con $66.423 (55,4%)”. Esos valores también tiene la retención por el impuesto a las Ganancias.

En cuanto a los monotribut­istas, a la finalizaci­ón de cada semestre calendario deberán calcular los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados en los doce (12) meses inmediatos anteriores, así como la superficie afectada a la actividad en ese momento. Y si dichos parámetros su- peran o son inferiores a los límites de su categoría, quedará encuadrado en la categoría que le correspond­a a partir del segundo mes inmediato siguiente al último mes del semestre respectivo. No obstante, la AFIP podrá disponer que el monotribut­ista confirme los datos declarados, “aun cuando deba permanecer encuadrado en la misma categoría”.

Además, el proyecto fija que quedarán excluidos del monotribut­o quienes “realicen más de tres actividade­s simultánea­s o posean más de tres unidades de explotació­n”. También, quienes “no puedan respaldar sus operacione­s por las respectiva­s facturas o documentos equivalent­es correspond­ientes a las compras, locaciones o prestacion­es aplicadas a la actividad, o a sus ventas, locaciones, prestacion­es de servicios y/o ejecución de obras”. ■

Las categorías del monotribut­o pasarán a actualizar­se por “semestre calendario”.

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