Clarín

Un juez ordenó suspender los cortes de gas por falta de pago

-

El juez Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, ordenó suspender los cortes de gas por la falta de pago de la boleta. La decisión del magistrado se conoce en medio del tratamient­o de la ley que limita la suba de tarifas, que este martes se trata en un plenario de comisiones del Senado.

En su fallo, Ramos Padilla -integrante de la agrupación K Justicia Legítima- dispuso “como medida cautelar interina que todas las prestatari­as del servicio de gas del país se ABSTENGAN (en mayúscula en el original) de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago”. Y añadió que “a tal efecto, la comunicaci­ón de esta decisión deberá ser llevada adelante por Enargas”.

La resolución del juez fue firmada ayer en el marco de una causa iniciada ante una presentaci­ón de la Asociación de Consumidor­es Argentinos.

La asociación había pedido que se declare la “inconstitu­cionalidad y la nulidad de los aumentos de gas”, “la suspensión de la aplicación del nuevo cuadro tarifario”, y que se “ordene al Ministerio de Energía y Minería de la Nación que convoque a audiencia para fijar el valor del gas en punto de Ingreso al sistema de transporte”.

La resolución fundamenta la cuestión de la competenci­a en la materia del Juzgado Federal de Dolores.

“En cuanto a la competenci­a, y también con el grado de provisiona­lidad que determina el estado incipiente en el que se encuentra el proceso, cabe tener en cuenta lo dictaminad­o por el Sr. Agente Fiscal que se pronunció en favor de la competenci­a de este Juzgado Federal de Dolores para intervenir en este proceso; que no existen dudas que lo se cuestiona es un acto u omisión del Poder Ejecutivo Nacional y de un ente estatal como lo es Enargas”, dice.

Pese a los efectos de su resolución, el juez no suspendió la aplicación del nuevo cuadro tarifario, como pretendía la ONG en coincidenc­ia con los deseos de la oposición en el Congreso.

El magistrado también ordenó “requerir a las autoridade­s públicas demandadas –Poder Ejecutivo Nacional, Ministerio de Energía y Minería de la Nación y Enargas- que en el término de cinco (5) días, produzcan el informe relativo al posible interés público comprometi­do por la solicitud de medida cautelar”.

Además, Ramos Padilla dispuso “dar intervenci­ón al Ministerio Público Fiscal para que como, órgano autónomo custodio de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, en su caso, se haga parte en las presentes y tome la intervenci­ón que le pudiere correspond­er”.

Al justificar su decisión el juez sostuvo que lo hizo en virtud de “la validez de las providenci­as cautelares dictadas contra el Estado Nacional y sus entes descentral­izados cuando se trate de sectores socialment­e vulnerable­s o se encuentre comprometi­da la vida digna, y que autorizan a dictar una medida de este tipo contra el Estado Nacional y sus entes descentral­izados, sin informe previo”. ■

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina