Voces, reclamos y esperas de jubilados
• Los presidentes argentinos de los pasados años, Menem, los dos Kirchner y Macri, han contemplado transcurrir mis Bodas de Plata con la sentencia definitiva 38.926, dictada por la Sala III de Cámara Previsional el 21 de junio de 1993, o sea 25 años atrás, en fallo convalidado por la CSJN, ordenando reajustar dentro de los noventa días mi haber jubilatorio.
Se cumplen 9.125 días y continúo esperando, vanagloriándome de ser el decano de los frustrados y consolándome con recitar: “Un derecho no es algo que alguien puede darte, sino algo que nadie puede quitarte”, bello pensamiento para los estudiantes de derecho, palabras vanas para los viejos abogados que por experiencia sabemos que si no lo quitan, hipócritamente lo olvidan. En un artículo pu- blicado el 14 de enero de 2018, Joaquín Morales Solá, a quien mucho respeto, expresaba este concepto: “Las órdenes de los jueces no son de cumplimiento optativo en la Argentina (ni en ningún lugar del mundo conocido)”, verdad agradable que en nuestro país suena como una frase hecha, no respetada ni honrada por las autoridades nacionales, a la que emparento con lo expresado en nombre de la CSJN por el doctor Lorenzetti, cuando dijo: “Todas las sentencias deben ser cumplidas”, refiriéndose a los holdouts, aclarando que nada pueden hacer ante el pronunciamiento de un juez extranjero, pero que las sentencias deben cumplirse en la Argentina y en todo el mundo.
Ante tan severa afirmación de respeto a un derecho universal y considerando que mi sentencia no la dictó en USA el finado juez Griesa, sino la Justicia argentina, que pronunció y ratificó su fallo en la Argentina, para un jubilado argentino de más de 88 años de edad, que en
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causa propia procura en vano defender su derecho, humildemente reflexiono que si este pedido de justicia cae en saco roto y esa Corte resigna hacer valer el poder de coacción que detenta para el acatamiento de sus pronunciamientos, muchos argentinos habremos perdido toda esperanza, pues no ha sido un extranjero quien nos habrá quitado un derecho que nos fue dado y no ha sido respetado. • Cuando llega la vejez, por circunstancias del destino, habrá quienes deberán abandonar sus hogares para alojarse en una institución para la tercera edad, y ello será una experiencia dolorosa en la mayoría de los casos.
La propuesta es que el anciano –en lo posible y si así lo desea– no deba abandonar su amado hogar, sino que se vea provisto por un sistema de contención, o sea que el geriátrico vaya a