LAS MODIFICACIONES
● Este es el texto actual (que quedará automáticamente derogado) del catecismo sobre la pena de muerte:
● Artículo 2.267: “La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas. Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana.
● Este es el nuevo texto del artículo, modificado por el papa Francisco:
● Artículo 2.267: “Por mucho tiempo el recurso de la pena de muerte de parte de la legítima autoridad, después de un proceso regular, fue calificado una respuesta adecuada a la gravedad de algunos delitos y un medio aceptable, aunque extremo, para la tutela del bien común. Hoy, es siempre más viva la certeza que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes gravísimos. Además, se ha difundido una nueva comprensión del sentido de las sanciones penales de parte del Estado.