Buscan que sea obligatorio tener las vacunas al día para tramitar el DNI
Lo establece un proyecto de ley. Quieren que los mayores cumplan con el calendario de vacunación.
Tener las vacunas al día será un nuevo requisito para tramitar el DNI, el pasaporte o la licencia de conducir, entre otros trámites, si se aprueba un proyecto de ley que prevé nuevos mecanismos de control y medidas para facilitar el acceso, el cumplimiento y el financiamiento de la vacunación gratuita y obligatoria, no sólo en chicos sino también en adultos.
El objetivo de la nueva Ley de Vacunación es actualizar el marco normativo vigente desde 1983 ( la ley 22.909), dado que el panorama actual es muy diferente al de hace 35 años, cuando el Calendario Nacional contaba con sólo 6 vacunas obligatorias para niños: hoy es ejemplo a nivel regional y mundial, con 20 para toda la familia, en cada etapa de la vida.
El proyecto obtendrá dictamen este martes, en la comisión de Salud de Diputados. Y la comisión de Salud del Senado también está dispuesta a darle tratamiento inmediato.
Los especialistas comenzaron a preguntarse entonces cómo lograr que las vacunas sean efectivamente obligatorias para los adultos. Es que mientras que el mecanismo padrespediatras-colegios (que exigen certificado al día) está bien aceitado, una vez concluida la etapa escolar el cumplir con el calendario de vacunación se convierte en una decisión individual más que en una obligación.
“Los adultos en Argentina ni siquiera sabemos cuáles son nuestras vacunas”, admite el diputado nacional justicialista Pablo Yedlin, vicepresidente de la comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara baja y autor del proyecto. Para realizar los trámites, aclaró, a los mayores no se les exigirá que presenten el carnet de vacunas de la infancia. “Se les va a pedir el certificado que acredite que tienen aplicadas las de la hepatitis B y la doble bacteriana adultos. A los nacidos después de 1965, también la triple viral (que protege contra sarampión, paperas y rubéola). Y sin son mayores de 65 años, la antigripal y las antineumocóccicas”, precisó.
Uno de los principales objetivos es el de elevar las coberturas de vacunación que “son buenas en Argentina, pero no están mejorando”.
En el artículo 13, el proyecto estipula que se requerirá el carnet unificado de vacunación (CUV) en trámites de ingreso y egreso del ciclo lectivo; realización de exámenes médicos pre-laborales y periódicos de trabajo; tramitación o renovación de DNI, pasaporte, residencia, certificado pre- nupcial, matrículas profesionales, licencias de conducir y certificado de supervivencia; tramitación de asignaciones familiares y no retributivas.
La ley prevé la creación del Registro Nacional de la Población Vacunada Digital, en el que estarán los datos de vacunación de cada uno de los habitantes de todas las jurisdicciones y subsistemas de salud (público, seguridad social y privado). “La idea es que se pueda consultar online -apunta Carla Vizzotti, presidenta de la Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemiología (SAVE)-. Pero hacer un carnet de vacunas nacional y pro-
veerlo a las provincias es el doble aseguro, ya que si el interesado lo pierde, con el DNI podrá imprimir otro”.
El texto sostiene la vacunación compulsiva, prevista en la ley actual, que instruye a las jurisdicciones a notificar a los padres que no quieran vacunar a sus hijos y contempla la posibilidad de obligarlos a hacerlo a través de un fallo judicial (hay antecedentes en el país).
“La idea no es obligar, sino garantizar un derecho”, subraya el diputado Yedlin, quien es médico pediatra e integra la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CoNain). ■