Aprobaron la modificación del Código Procesal porteño
La oposición rechazó el proyecto. Críticas a las figuras de informante y agente encubierto
Tras las denuncias de distintos sectores y la polémica previa, el Código Procesal Penal porteño fue modificado ayer en la Legislatura. El proyecto sufrió algunos cambios respecto a su versión inicial. Aún así, ningún bloque de la oposición lo votó y al oficialismo le alcanzó su mayoría para aprobarlo con 33 votos contra 24.
Finalmente la “vigilancia electrónica” como una medida especial de investigación fue borrada del texto. La crítica era unánime y se preveía un escándalo político y judicial en caso de aprobarse. En la práctica, la herramienta permitía acceder de manera remota a computadoras, celulares o artefactos electrónicos de los ciudadanos. Así se dejaba abierta la puerta a obtener información sobre la ubicación de GPS, los chats, o incluso utilizar el micrófono y la cámara del celular de un particular como forma de espionaje.
Los puntos que más ruido causaron se encuentran la incorporación de las figuras de “infor- mante” y de “agente encubierto”, “agente revelador” y “entrega vigilada” como medidas especiales de investigación, porque los delitos de competencia porteña en los que se aplicarían son muy menores. “Lo novedoso son las medidas especiales de prueba que deben estar fundadas sobre la base de los principios de necesidad, razonabilidad y subsidiariedad, es decir si no queda otra, y todo esto bajo pena de nulidad”, dijo Claudio Cingolani, legislador de la Coalición Cívica/ARI (Vamos Juntos).
Para la oposición, estas figuras son exageradas para los delitos que son competencia de la Ciudad. A nivel nacional, esta modalidad está reservada para delitos complejos, como las redes de narcotráfico.
Con respecto a los “informantes” en el kirchnerismo hablan de que esto puede convertirse en un “cheque en blanco para la Policía y la Justicia”. La Izquierda dice que servirá para crear “un ejército de buchones a sueldo para aportar datos” e ir contra las organizaciones sociales, partidos políticos y sindicatos. No obstante, entre las modificaciones realizadas al proyecto, se estableció que estas medidas especiales de investigación solo podrán aplicarse en causas por infracción a la ley de drogas 23.737 -no discrimina consumo de venta-, en los delitos contra la integridad sexual y en aquellos “cuyas penas fueran superiores a tres (3) años de prisión en abstracto y que se justifiquen en la complejidad de la investigación del hecho”, bajo autorización del juez.
Otras reformas del nuevo Código contemplan la definición de plazos en las causas. Por ejemplo, para la investigación penal preparatoria, la duración deberá ser de hasta 90 días, con la posibilidad de ampliarse a 90 días más y, excepcionalmente, volver a extenderlo. Estos plazos son mayores a los actuales, que eran de tres meses prorrogables por otros dos.
La reforma del Código también recibió críticas desde la Defensoría General de la Ciudad. “Conlleva graves restricciones a la libertad personal, además de limitar, injustificadamente, el derecho a la asistencia y la defensa en juicio”, dijo el titular de esa institución, Horacio Corti. Actualmente, los detenidos tienen derecho a ser asistidos desde que son aprehendidos. Con las modificaciones, el plazo podría extenderse a discreción de la Policía.
En el bloque oficialista Vamos Juntos resaltaron como un punto positivo la incorporación del concepto de víctima. “Creemos que es una necesidad que el Estado ponga en el centro de la escena a las víctimas, otorgándoles mayor contención y soporte durante el proceso penal. Un abogado oficial gratuito, tal como hoy tiene quién es victimario, ayudaría en ese sentido”, señaló Natalia Fidel, del espacio Confianza Pública. ■