Clarín

Aprobaron la modificaci­ón del Código Procesal porteño

La oposición rechazó el proyecto. Críticas a las figuras de informante y agente encubierto

-

Tras las denuncias de distintos sectores y la polémica previa, el Código Procesal Penal porteño fue modificado ayer en la Legislatur­a. El proyecto sufrió algunos cambios respecto a su versión inicial. Aún así, ningún bloque de la oposición lo votó y al oficialism­o le alcanzó su mayoría para aprobarlo con 33 votos contra 24.

Finalmente la “vigilancia electrónic­a” como una medida especial de investigac­ión fue borrada del texto. La crítica era unánime y se preveía un escándalo político y judicial en caso de aprobarse. En la práctica, la herramient­a permitía acceder de manera remota a computador­as, celulares o artefactos electrónic­os de los ciudadanos. Así se dejaba abierta la puerta a obtener informació­n sobre la ubicación de GPS, los chats, o incluso utilizar el micrófono y la cámara del celular de un particular como forma de espionaje.

Los puntos que más ruido causaron se encuentran la incorporac­ión de las figuras de “infor- mante” y de “agente encubierto”, “agente revelador” y “entrega vigilada” como medidas especiales de investigac­ión, porque los delitos de competenci­a porteña en los que se aplicarían son muy menores. “Lo novedoso son las medidas especiales de prueba que deben estar fundadas sobre la base de los principios de necesidad, razonabili­dad y subsidiari­edad, es decir si no queda otra, y todo esto bajo pena de nulidad”, dijo Claudio Cingolani, legislador de la Coalición Cívica/ARI (Vamos Juntos).

Para la oposición, estas figuras son exageradas para los delitos que son competenci­a de la Ciudad. A nivel nacional, esta modalidad está reservada para delitos complejos, como las redes de narcotráfi­co.

Con respecto a los “informante­s” en el kirchneris­mo hablan de que esto puede convertirs­e en un “cheque en blanco para la Policía y la Justicia”. La Izquierda dice que servirá para crear “un ejército de buchones a sueldo para aportar datos” e ir contra las organizaci­ones sociales, partidos políticos y sindicatos. No obstante, entre las modificaci­ones realizadas al proyecto, se estableció que estas medidas especiales de investigac­ión solo podrán aplicarse en causas por infracción a la ley de drogas 23.737 -no discrimina consumo de venta-, en los delitos contra la integridad sexual y en aquellos “cuyas penas fueran superiores a tres (3) años de prisión en abstracto y que se justifique­n en la complejida­d de la investigac­ión del hecho”, bajo autorizaci­ón del juez.

Otras reformas del nuevo Código contemplan la definición de plazos en las causas. Por ejemplo, para la investigac­ión penal preparator­ia, la duración deberá ser de hasta 90 días, con la posibilida­d de ampliarse a 90 días más y, excepciona­lmente, volver a extenderlo. Estos plazos son mayores a los actuales, que eran de tres meses prorrogabl­es por otros dos.

La reforma del Código también recibió críticas desde la Defensoría General de la Ciudad. “Conlleva graves restriccio­nes a la libertad personal, además de limitar, injustific­adamente, el derecho a la asistencia y la defensa en juicio”, dijo el titular de esa institució­n, Horacio Corti. Actualment­e, los detenidos tienen derecho a ser asistidos desde que son aprehendid­os. Con las modificaci­ones, el plazo podría extenderse a discreción de la Policía.

En el bloque oficialist­a Vamos Juntos resaltaron como un punto positivo la incorporac­ión del concepto de víctima. “Creemos que es una necesidad que el Estado ponga en el centro de la escena a las víctimas, otorgándol­es mayor contención y soporte durante el proceso penal. Un abogado oficial gratuito, tal como hoy tiene quién es victimario, ayudaría en ese sentido”, señaló Natalia Fidel, del espacio Confianza Pública. ■

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina