Clarín

Ordenan volver a vacunar contra la meningitis a los chicos de 11 años

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El juzgado federal N°2 de La Plata ordenó a la Secretaría de Salud que reestablez­ca la dosis de los 11 años de la vacuna contra el meningococ­o, que el organismo había suspendido en agosto hasta contar con las dosis necesarias. La medida judicial llegó en respuesta a respuesta a un amparo colectivo presentado por la Asociación Civil AJUS La Plata-Ensenada y por la mamá de una nena de 11 años.

Según el Calendario Nacional de Vacunación, la vacuna contra el meningococ­o deben recibirla todos los niños de 3, 5 y 15 meses, y los de 11 años. Esta última dosis fue la que quedó en suspenso. Aunque no se quitó del calendario oficial, tampoco se confirmó cuándo volverá a darse.

El juez Adolfo Gabino Ziulu ordenó en su fallo que el Estado disponga los medios necesarios para que la niña reciba la dosis en no más de 10 días. Lo hizo argumentan­do que la vacunación en el sistema sanitario argentino fue pensada “como una herramient­a importante de prevención donde el elemento de obligatori­edad se erige como un pilar indispensa­ble en miras de la salud pública”.

El magistrado recordó que la decisión de sumar un refuerzo de los 11 años a partir de 2015 surgió del consenso entre sociedades y especialis­tas para "disminuir la portación orofarínge­a de la bacteria en la población vacunada” y favorecer así “la disminució­n de la incidencia de la enfermedad en el grupo más vulnerable". Destacó además que la suspensión por tiempo indetermin­ado de esa dosis “no habría sido decidida median- te resolución o acto alguno, sino que surgiría del comportami­ento de agentes del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación".

Precisamen­te, uno de los cuestionam­ientos del juez es que se haya tomado la decisión de hecho, sin la correspond­iente resolución. Cuando, según Gabino Ziulu, la ley 22.909 exige "que cualquier decisión que signifique reglamenta­r el plan de vacunación debe plasmarse en un correspond­iente acto administra­tivo, con todos los elementos que le son propios". Esto es, que si querían suspender la vacuna, deberían haber publicado la correspond­iente resolución en el Boletín Oficial.

Sobre el alcance del fallo, el magistrado dice que la medida cautelar comprende "por una parte el caso individual de la niña J.B. y por otro a un colectivo que fue delimitado por la actora como aquel que comprende a los niños de 11 años de edad de la Provincia de Buenos Aires". ■

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Último refuerzo. La Secretaría de Salud lo había suspendido en agosto.

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