Clarín

Ahora se pueden ingresar al país hasta US$ 500 en productos sin impuestos

La AFIP elevó un 66% el tope, que desde 1994 no se actualizab­a. Sólo rige para el ingreso en avión o por vía marítima.

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La disparada del dólar desalentó a muchos de los que tenían planes de viajar al exterior y hacer compras. Pero quienes decidan hacerlo, van a tener un poco más de margen. Una nueva resolución de la Administra­ción Federal de Ingresos (AFIP) elevó a US$ 500 el monto de compras en el extranjero exceptuada­s del pago de impuestos. El beneficio -un 66% más que el tope anterior- será para quienes lleguen al país por vía aérea o marítima. La resolución estará vigente a partir de hoy.

En la práctica, lo que resolvió AFIP fue elevar de US$ 300 a US$ 500 el monto de las compras en mercadería que los mayores de 16 años pueden traer de otros países (sean o no limítrofes) sin pagar aranceles.

El beneficio es para los menores de 16 es más acotado. Podrán ingresar hasta US$ 300 en artículos comprados en el exterior libres de impuesto. La franquicia para ellos se duplicó (hasta ahora era de US$ 150).

Para quienes ingresen al país por vía terrestre o fluvial, el sistema no se modificó. Sigue vigente el tope de US$ 300 (y de US$ 150 dólares para los menores de 16 años).

"En caso de superar la franquicia los viajeros tendrán que abonar un arancel del 50% del valor sobre el excedente. Por ejemplo, si ingresan al país por vía área o marítima con bienes por US$ 600, el excedente es US$ 100. En consecuenc­ia pagarán US$ 50 en impuestos", explicó la AFIP a través de un comunicado.

En caso de que el ingreso sea en auto o vía fluvial, el exceso sería de US$ 300 y deberían tributar US$ 150.

La nueva medida entrará en vigencia hoy luego de que sea publicada en el Boletín Oficial, adelantaro­n las fuentes.

Fuentes de la entidad explicaron que los montos que estaban vigentes eran de 1994, y que ahora, con este aumento "nos ponemos en línea con lo que rige en el Mercosur".

"En estos 24 años, si consideram­os la inflación norteameri­cana, el montó pasó de US$ 300 a US$ 494, lo que da una pauta del grado de desactuali­zación que había en estos valores", in- dicaron voceros de la AFIP consultado­s por Clarín.

Continúan exceptuado­s del pago del arancel -según se anunció a fines de septiembre- la compra en el exterior de una notebook o una tablet, más un teléfono celular. Lo que implica que también se les dejó de cobrar a sus portadores el impuesto equivalent­e al 50% del valor del producto que regía hasta entonces.

Los cambios habían sido introducid­os por la Resolución General 4315 de la AFIP. Estos productos de tipo tecnológic­o pasaron a ser considerad­os "de uso o consumo personal", rubro en el cual históricam­ente estaban incluidas las prendas de vestir y aseo y otros bienes.

"La idea es que Aduana es lograr un control inteligent­e de lo que se ingresa. En lugar de estar preocupado por los productos que lleva una familia entre sus pertenenci­as, redoblar el esfuerzo para el ingreso ilegal de dinero, drogas y también, el ataque al contraband­o", indicaron fuentes del ente de recaudació­n y control fiscal.

Este cambio no tiene impacto en el sistema de compras puerta a puerta, en el que se seguirá pagando un impuesto del 50% sobre el valor de compra de los artículos, excepto aquellos que cuesten menos de US$ 25 que este año fueron exceptuado­s.

En enero ya se había subido a US$ 500 la franquicia libre de impuestos para adquirir productos en los free shops, con la idea de equiparar los valores con los países que integran el Mercosur. ■

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Arancel. Quienes excedan el tope deberán pagar el 50% de impuesto.

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