El fallo mantiene las dudas sobre el pago de Ganancias por parte de todos los jueces
Critica al tribunal inferior, separa el rol de la Justicia y el Congreso y muestra diferencias internas.
El fallo de la Corte sobre el pago del impuesto a las Ganancias por parte de los jueces significa un duro revés para el planteo formulado por la Asociación de Magistrados, implica un firme cuestionamiento al tribunal que le había fallado a favor y abre la puerta a varias posibilidades para resolver el fondo del asunto, una de las cuales quedó plasmada en una pequeña “ampliación de fundamentos” por parte de los ministros Carlos Rosenkrantz y Elena Highton.
Desde otra óptica, la celebración del gobierno por la validez de la ley que impulsó dos años atrás, con el impulso de la llamada “mayoría peronista” del máximo tribunal -por los otros tres jueces, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti-, desvirtúa las alertas de posibles malas noticias judiciales por parte de ese trío de magistrados.
Ayer, los cinco ministros sostuvieron que los jueces de todas las instancias, “deben ser los primeros ciudadanos llamados a cumplir la ley cabalmente”. Pero allí se diferenciaron Rosenkrantz y Highton.
Si bien suscribieron ese texto, ambos escribieron otro párrafo a través de una “ampliación de fundamentos” en la que dejaron en claro que los ma- gistrados afectados por la medida están en todo su derecho de iniciar juicios al Estado para que no se les reduzcan sus salarios.
Ahora la causa regresó al juzgado a cargo de Esteban Furnari, en el fuero contencioso administrativo federal, para que se dicte la sentencia sobre el fondo del caso. Lo que tenía apelado la Corte era una medida cautelar que impedía al Consejo de la Magistratura retener el impuesto a las ganancias cada vez que le pagaba el sueldo a un juez designado a partir de 2017 pero que provenía del Poder Judicial. Por ello, hoy apenas tributan una docena de magistrados que llegaron a sus despachos por fuera de la carrera judicial.
Para la Corte, el tribunal de apelación de Furnari, la Cámara Contencioso Administrativo, no debió haber ratificado la medida cautelar porque no reunía los requisitos formales para ello y porque no lo fundamentó debidamente.
Para los cinco jueces de la Corte “no existen razones suficientes para adoptar una decisión cautelar de tal gravedad que exima del cumplimiento de lo ordenado por la ley a los sujetos representados por la actora”, esto es la Asociación de Magistrados.
Los magistrados recordaron que la ley 27.346 tuvo “una amplia discusión de los poderes del Estado” y se encuentra “vigente” para los jueces que ya provenían del Poder Judicial, por cuanto su constitucionalidad “no ha sido cuestionada” ya que falta el fallo sobre el fondo del asunto.
Lo más probable, según evaluaron en la justicia, es que la discusión de fondo se dé dentro de la misma causa -el Estado es parte de ella y es quien apeló la medida que llegó a la Corte- y que abarque una discusión más general que alcance a quienes ya eran jueces antes de 2017 y que por ahora, seguirán sin pagar Ganancias.
La Corte también destacó que “la misión más delicada del Poder Judicial es la de mantenerse dentro del ámbito de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes ni suplir las decisiones que aquellos deben adoptar, criterio que resulta aplicable no solo al control de constitucionalidad sino también al dictado de medidas cautelares cuyos efectos expansivos puedan afectar la aplicación de una ley”, como ocurrió en el caso. ■