Clarín

El hecho se investigar­á en Nicaragua y la condena puede llegar a 20 años de cárcel

Según expertos, el caso debe ser juzgado en el país donde ocurrió. Allí el delito denunciado todavía no prescribió.

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La denuncia contra el actor Juan Darthés realizada por la actriz Thelma Fardín corre por dos carriles. Uno es el simbólico y la condena social que le puede generar, tras la fuerte exposición que realizó el colectivo "Actrices Argentinas" en el Multiteatr­o. La otra es la penal, y allí las cosas no están tan claras.

La actriz denunció a Darthés la semana pasada en un juzgado de Nicaragua por un hecho ocurrido, según su relato, hace nueve años. La violación habría ocurrido durante una gira del elenco del programa Patito Feo por ese país. Por eso, ahora es la Justicia nicaragüen­se la que debe resolver el caso.

¿Cuál es la prueba? Ese es uno de los interrogan­tes que ahora están por dirimirse, ya que, según se dijo, no hay testigos del hecho denunciado. También está por verse si el actor eventualme­nte podría terminar preso en una cárcel de ese país.

"Denme tiempo para analizar la causa. Si hubiera pruebas contra Darthés, no podría defenderlo", aseguró su nuevo abogado defensor, Fer- nando Burlando, tras la renuncia de Ana Rosenfeld.

"Los tratados de extradició­n en general no contemplan los delitos sexuales, aunque puede ser que se pida la detención de Darthés a Interpol", explicó a Clarín el abogado constituci­onalista Andrés Gil Domínguez.

Sucede que, por el principio jurídico de territoria­lidad, el delito debe ser investigad­o y eventualme­nte condenado en Nicaragua. En ese sentido, el abogado penalista Eduardo Gerome explicó que "si ocurrió en Nicaragua, lo tiene que juzgar la Justicia de Nicaragua. No se puede extender la jurisdicci­ón, a excepción de que ese hecho cometido en otro país produzca sus efectos acá".

Sabrina Cartabia, abogada que asesora a la actriz Thelma Fardín, explicó a Clarín que los hechos denunciado­s en Nicaragua prescriben a los diez años y hasta ahora pasaron nueve.

Según el Código Penal de Nicaragua, la pena máxima prevista para este tipo de delito, cuando la víctima tiene 16 años o más, es de 20 años de cárcel.

El abogado Juan Pablo Gallego, experto en temas de abuso y asesor de la reforma del código penal de Nicaragua, aportó: "Hay que ver los acuerdos que hay entre los países, pero una investigac­ión de este tipo no debería llevar demasiado tiempo".

Sin embargo, un eventual cambio en el Código Penal argentino podría modificar este escenario y el actor podría ser juzgado en el país. Así lo aseguró Mariano Borinsky, juez de la Cámara de Casación Penal que preside la comisión a cargo del nuevo código.

“El Presidente anunció que en marzo va a llevar el nuevo código al Congreso. Si se aprueba, puede que los delitos sexuales que se hayan cometido fuera del país con víctima o victimario argentino sean juzgados en Argentina”, explica Borinsky.

Lo señala en referencia a los cambios del artículo 1° del Código Penal, inciso 4, en el que se refiere a los principios generales de aplicación de la ley penal en caso de los “delitos cometidos en el extranjero por nacionales argentinos o contra ellos, en los supuestos que según los tratados o convencion­es internacio­nales puedan ser juzgados en la República Argentina”.

Una de las convencion­es que se podrían tener en cuenta en el inciso 4, señala Borinsky, es la Convención Interameri­cana Belém do Pará para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. En ella, están contemplad­os los delitos sexuales.

¿Pero sería posible aplicar retroactiv­amente esta modificaci­ón? “La ley procesal puede aplicarse retroactiv­amente”, explicó el abogado penalista Eduardo Gerome. “Si sale la reforma y se puede ubicar este caso dentro de los contemplad­os en el artículo, efectivame­nte podría juzgarse en Argentina. Como es algo muy novedoso, seguro va a ser objeto de interpreta­ciones”, concluyó. ■

Si pasó en Nicaragua, lo tienen que juzgar allá. La jurisdicci­ón no puede extenderse, salvo que el hecho produzca efectos acá”. Eduardo Gerome

Abogado penalista

Los tratados de extradició­n en general no contemplan los delitos sexuales, pero puede que se pida la detención a Interpol”. Andrés Gil Domínguez

Abogado constituci­onalista

Con el nuevo Código Penal, delitos sexuales cometidos fuera del país con víctima o victimario argentino podrían juzgarse acá”. Mariano Borinsky

Juez Cámara de Casación Penal

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Dramático. “Me tiró en la cama y me corrió el shortcito. Le dije que no, no le importó. Se subió encima mío y me penetró”, acusó Fardín, llorando.

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