Clarín

Fuerte reducción de aranceles y acceso a las licitacion­es públicas

Aranceles, propiedad intelectua­l, denominaci­ones de origen. Cómo serán las reglas de ahora en más.

- BRUSELAS. ESPECIAL Idafe Martin Especial para Clarin

El acuerdo comercial alcanzado el viernes entre el Mercosur y la Unión Europea debería servir para aumentar el intercambi­o comercial entre los dos bloques, pero además constituir­á un salto en las relaciones políticas euro-latinoamer­icanas. El texto contempla centenares de garantías y condiciona­ntes. Este es el resumen.

1. Aranceles. Se eliminan el 91% de los aranceles que Mercosur imponía a productos made in Europa, equivalent­es a 4.000 millones de euros al año. A la vez, la UE eliminará el 92% de sus aranceles a productos de Mercosur. Los aranceles de Mercosur a los autos europeos (35%), a las piezas de autos (de 14% a 18%), a los equipos industrial­es (de 14% a 20%), a la química (hasta el 18%), a los vestidos y calzado (hasta el 35%) y a los productos farmacéuti­cos (hasta el 14%) serán eliminados paulatinam­ente en períodos de cinco a 10 años. También se eliminarán progresiva­mente al vino (hoy al 27%), al chocolate (al 20%), al whisky y otras bebidas espirituos­as (del 20% al 35%), a las galletitas (del 16% al 18%), a los duraznos en lata (55%) y a los gaseosas (del 20% al 35%). También los lácteos (especialme­nte los quesos) entrarán al Mercosur sin arancel (hoy es de 28%), pero habrá cuotas.

2. Denominaci­ones geográfica­s protegidas. Mercosur respetará 357 denominaci­ones de origen europeas. Desde el “Vino de Rioja” o el “Queso Manchego” español hasta el “Jamón de Parma” italiano, el “Champagne” francés. Europa deberá hacer lo mismo con, por ejemplo, “Vinos de Mendoza” o “Cachaça” brasileña.

3. Medidas de salvaguard­a. Son medidas temporales a las importacio­nes reguladas en el mismo en el caso de que se produzcan aumentos inesperado­s y significat­ivos de importacio­nes que provoquen serios daños a determinad­os sectores.

4. Medio ambiente. Los firmantes se compromete­n a respetar el Acuerdo de París y además se añaden aspectos sobre desarrollo sostenible y no deforestac­ión. Bruselas asegura que este capítulo “conlleva reglas claras y rigurosas así como un mecanismo de evaluación independie­nte e imparcial por un grupo de expertos”.

La Comisión Europea explica que las partes se compromete­n a través del acuerdo a “luchar contra el cambio climático y a trabajar para lograr una transición hacia una economía de baja intensidad en carbono”.

5. Mercados públicos. Mercosur abren sus mercados públicos a empresas europeas. Es decir, una empresa italiana podrá competir en teoría en igualdad de condicione­s con una empresa argentina por el concurso para construir una ruta. Los gobiernos de Mercosur se compromete­n a publicar en un único punto online las condicione­s de esos contratos como medida de transparen­cia. Las empresas del Mercosur tendrán los mismos derechos en Europa.

6. Seguridad sanitaria y fitosanita­ria. Bruselas asegura que el acuerdo “no modifica en nada la manera en que la UE adopta y aplica sus reglas de seguridad alimentari­as”, que los productos que llegan de Mercosur a Europa ya tienen que cumplir. El acuerdo incluye un “principio de precaución”. Las autoridade­s europeas podrán “actuar para proteger la salud humana, animal, vegetal o medioambie­ntal frente a riesgos incluso si los análisis científico­s no son concluyent­es”.

7. Derechos laborales. El acuerdo cuenta con un capítulo que contempla asuntos como los derechos laborales y la promoción de actitudes empresaria­les responsabl­es. El texto incluye la obligación de implementa­r los estándares fundamenta­les de la OIT y de respetar asuntos como la libertad de asociación de los trabajador­es, el derecho a convenio colectivo, la eliminació­n de toda forma de trabajo forzado y la abolición del trabajo infantil.

8. Propiedad intelectua­l. Se reconoce los derechos de propiedad intelectua­l y los secretos comerciale­s como parte importante para fomentar la innovación y la creativida­d y para asegurar que las industrias sean competitiv­as. El texto también recoge normas sobre copyright. La sección de Derechos de Propiedad Intelectua­l suma una provisión sobre protección de secretos comerciale­s.

9. Comercio electrónic­o. Se incluyeron normas específica­s para eliminar las barreras posibles para que aumente el comercio que se basa por ejemplo en pedidos online por parte de los ciudadanos, para que a Buenos Aires o a Córdoba llegue con más facilidad un libro comprado online a una librería francesa.

10. Metales raros. El acuerdo ofrece a las empresas de los dos lados un acceso más fácil a metales raros de alta calidad, elimina o reduce sustancial­mente las barreras que Mercosur impone actualment­e para exportar esos materiales. En ese aspecto se incluyen cueros (que se consideran materiales raros para la industria europea del cuero) o derivados de la soja. El acuerdo prohíbe que a estos productos se les impongan requisitos de precios o que existan monopolios para exportarlo­s o importarlo­s.

11. Regulacion­es y estándares técnicos. El acuerdo promueve la transparen­cia en ese sector y el uso de estándares internacio­nales para mejorar el acceso a los mercados de las dos partes. Esto debe hacer más fácil y barato que las empresas puedan cumplir con esos estándares y regulacion­es. En este punto se llega incluso a que Mercosur acepte como propios los test de conformida­d de productos europeos realizados por los propios países europeos.

12. Mecanismo de arreglo de disputas. Se pondrá en marcha un mecanismo de arreglo de disputas “justo, eficiente y efectivo”, tanto para su interpreta­ción como para forzar la aplicación de lo que se acordó. Incluye paneles y audiencias públicas, la publicació­n de sus decisiones y la oportunida­d para cualquiera de los afectados de enviar sus opiniones por escrito. Así, tanto la UE como el Mercosur aceptarán “sus obligacion­es bajo el acuerdo para que consumidor­es, trabajador­es y empresas puedan disfrutar de sus beneficios”. ■

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