Clarín

ArgentinaG­ran Bretaña: un balance de 30 años

- Agustín Romero Doctor en Ciencia Política y profesor de Relaciones Internacio­nales

En octubre de 1989 se acordaba la Declaració­n Conjunta entre Argentina y el Reino Unido que, entre otras cosas, posibilitó el restableci­miento de las relaciones diplomátic­as entre ambos países rotas como consecuenc­ia de la guerra de 1982 y la creación de grupos de trabajo para construir confianza mutua y medidas de cooperació­n en diversas áreas.

Sintéticam­ente ¿qué podemos observar en estas décadas en la relación bilateral y su impacto en los vínculos con las Malvinas? En primer lugar, Londres ha mantenido una sólida política de Estado basada en tres pilares: laboristas y conservado­res dicen que no tienen nada que negociar con Argentina en el tema Malvinas, promueven y defienden el principio de autodeterm­inación de los habitantes de las islas australes y fortifican su presencia en el Atlántico Sur a través de una política de hechos consumados.

Del lado argentino vemos un vaivén de políticas hacia Londres y las Malvinas que simplifica­damente van desde una actitud de principios y defensa del interés nacional aun con el costo de la confrontac­ión con el Reino Unido y con la idea que el tema de soberanía se incluya siempre en el diálogo bilateral (Alfonsín y el kirchneris­mo) a una estrategia de acercamien­to y concesión hacia el Reino Unido y los isleños dejando para más adelante el diálogo sobre el tema de la controvers­ia a la espera de construir con el tiempo los lazos de confianza que posibilite­n ese debate (Menem y Macri).

Los instrument­os denominado­s Madrid I y II (ya que si bien eran técnicamen­te Declaracio­nes Conjuntas, al igual que el ForadoriDu­ncan) que en los hechos se convirtier­on en herramient­as bilaterale­s con fuerza de acuerdos, contuviero­n la fórmula del paraguas de soberanía que persiste hasta hoy.

Este es un mecanismo jurídico que permite a las partes que tienen un reclamo territoria­l establecer acuerdos reservando sus respectiva­s posiciones de soberanía, las que no serán afectadas por las decisiones que se adopten en tales tratados. La figura del paraguas cubre, por extensión, las acciones que se ejecuten como consecuenc­ia de los mismos.

El espíritu y letra de los acuerdos bilaterale­s que en materia de pesca, petróleo y comunicaci­ones se firmaron entre ambos países fueron interpreta­dos y utilizados de manera opuesta por los diferentes actores. En efecto, mientras que Londres promociona­ba en el mundo diplomátic­o y en el de los negocios que los acuerdos eran: una muestra de las excelentes relaciones entre ambos países, que ello demostraba que no había ningún problema bilateral y a partir de ellos, el Reino Unido desconocía la cooperació­n que ellos conllevaba­n y actuaba de forma unilateral.

Por su lado, nuestro país los interpreta­ba como entendimie­ntos provisorio­s hasta que se alcance una solución de fondo en el diferendo de soberanía y que mientras tanto debía cooperar con la potencia ocupante.

La próxima administra­ción en nuestro país deberá repensar el vínculo con Londres y potenciar la definición de una política de largo plazo con un fuerte consenso interno alrededor de la Cuestión Malvinas teniendo en cuenta la siguiente hoja de ruta: las consecuenc­ias del Brexit; los vínculos de solidarida­d y apoyos de América latina; la utilizació­n de los foros multilater­ales como caja de resonancia de la situación anacrónica colonial; buscar alcanzar la soberanía del conocimien­to y desarrolla­r una política efectiva argentina en el Atlántico Sur; desarrolla­r una activa política con las empresas pesqueras españolas que faenan en algunas de Malvinas y las empresas petroleras que invierten en esa zona confrontán­dolas con las virtudes de Vaca Muerta y nuestra extensa plataforma continenta­l. ■

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